Por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 17 de febrero de 2003 (DOG del 28 de febrero), se convocaron ayudas para alumnos y profesores de centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos que participen en estadías e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas.
Vista la propuesta de la comisión de selección prevista en el artículo séptimo de la citada orden,
RESUELVO:
Primero.-Conceder, con cargo al concepto presupuestario 07.04.322T.480.0 de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, las ayudas que se relacionan en el anexo I, que se presentaron en el primer plazo establecido en el apartado quinto.1 del DOG del 28 de febrero de 2003, por importe total de 266.171,50 euros.
Segundo.-Recoger en el anexo II las ayudas denegadas.
Tercero.-De acuerdo con el artículo noveno de la orden de convocatoria las ayudas serán abonadas de la siguiente forma:
Para las ayudas que no superen el importe de 6.000,00 euros, en el momento de la concesión podrá acordarse un anticipo de pago de hasta un 80%, después de la aceptación da subvención. El 20% restante se librará una vez acabada la actividad y después de su completa justificación económica por parte del centro y entrega de la memoria de actividades, acompañada de certificación respecto de la percepción o no de otras ayudas y subvenciones para la misma finalidad, para efectos de lo dispuesto en el artículo 78.3º de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia. En las ayudas que superen esta cantidad el pago se realizará íntegramente una vez acabada y justificada la actividad.
Cuarto.-De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios quedan obligados a:
1. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días, contados a partir de
la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda, el centro beneficiario no acepta la misma, se entenderá que renuncia a su percepción.
2. Facilitar la información requerida y someterse a las acciones de comprobación o control financiero que pueda efectuar la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria y los organismos competentes.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1. Memoria. Los centros beneficiarios enviarán una memoria de las actividades realizadas que incluya:
a) Resumen del desarrollo de la actividad realizada.
b) Objetivos conseguidos.
c) Procedimiento de evaluación utilizado, resultados obtenidos y difusión que se realizó de los mismos. La memoria estará acompañada de una certificación del director del centro en que se haga constar el nombre y el número de DNI del profesor responsable del proyecto y de los profesores que lo acompañaron en el viaje. Igualmente se añadirá una certificación de tener o no subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier otra administración o ente público.
3.2. Justificación de gastos efectuados. Los centros educativos enviarán una certificación del consejo escolar del centro aprobatoria del gasto, adjuntando una relación detallada de los gastos efectuados, así como una certificación de tener o non ter subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier otra administración o ente público.
Quinto.-Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Disposiciones finales
Primera.-Se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales a dictar tantas disposiciones como sean precisas para el desarrollo correcto de esta orden.
Segunda.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 2003.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO I
Solicitudes concedidas para proyectos lingüísticos
Centro Subvención Fechas Nº prof./alum.
IES Eusebio da Guarda 5.358,60 26-4-2003/6-5-2003 24/2
A Nosa Sra. dos Ollos Grandes 8392,80 3-5-2003/13-5-2003 24/2
CEIP Froebel 3.576,50 16-5-2003/25-5-2003 11/2
CEIP Torre Illa 3.830,00 21-3-2003/9-4-2003 12/2
Centro Martín Codax 5.553,60 18-3-2003/29-3-2003 25/2
Colexio Apóstol Santiago 3.069,30 29-3-2003/13-3-2003 14/1
Colexio La Salle - Ferrol 3.408,60 8-3-2003/17-3-2003 14/2
Colexio La Salle Santiago 6.528,60 24-2-2003/5-3-2003 30/2
Colexio PP Escolapios 9.402,90 2-4-2003/11-4-2003 43/3
CPI Altamira 4.578,69 11-9-2003/28-9-2003 20/2
CPI Aurelio M. Rey García 4.578,60 14-3-2003/24-3-2003 20/2
IES A Cachada 7.257,90 11-10-2003/24-10-2003 32/3
IES A Pinguela 4.044,30 2-4-2003/12-4-2003 19/1
IES A Pinguela 4.590,50 26-3-2003/4-4-2003 15/2
IES A Pontepedriña 6.333,60 26-4-2003/5-5-2003 29/2
IES A Xunqueira 2 7.379,00 1-4-2003/13-4-2003 26/2
IES A Cotarelo Valledor 3.408,60 29-3-2003/10-4-2003 14/2
IES Cacheiras 4.383,60 14-3-2003/23-3-2003 19/2
IES Castro Alobre 3.943,00 24-6-2003/14-7-2003 14/1
IES Cidade de Antioquía 3.264,30 30-3-2003/10-4-2003 15/1
IES de Arzúa 5.553,60 4-4-2003/15-4-2003 25/2
IES de Curtis 5.358,60 26-9-2003/5-10-2003 24/2
IES de Sar 4.773,60 14-3-2003/23-3-2003 21/2
IES Eduardo Blanco Amor 5.553,60 3-4-2003/12-4-2003 25/2
IES Eduardo Pondal 4.968,60 14-3-2003/24-3-2003 22/2
IES Eugenio López y López 7.566,00 23-5-2003/1-6-2003 21/2
IES Francisco Daviña Rei 4.044,30 2-3-2003/12-3-2003 19/1
IES Frei Martín Sarmiento 5.358,60 1-3-2003/10-3-2003 24/2
IES G. Torrente Ballester 3.993,60 7-10-2003/17-10-2003 17/2
IES Hostelería C. Oroza 4.578,60 28-11-2003/7-12-2003 20/2
IES Johan Carballeira 2.823,60 6-10-2003/15-10-2003 11/2
IES María Casares 3.264,30 27-9-2003/6-10-2003 15/1
IES María Soliño 5.553,60 2-10-2003/11-10-2003 25/2
IES Miraflores 6.918,60 31-3-2003/11-4-2003 32/2
IES Monte da Vila 5.358,60 14-6-2003/23-6-2003 24/2
IES Monte das Moas 3.182,50 31-1-2003/9-2-2003 11/1
IES O Couto 6.528,60 30-3-2003/11-4-2003 30/2
IES Pedro Floriani 2.628,60 2-4-2003/14-4-2003 10/2
IES Pino Manso 2.484,30 4-4-2003/14-4-2003 11/1
IES Porto do Son 5.358,60 7-3-2003/18-3-2003 24/2
IES Praia Barraña 3.993,60 4-4-2003/17-4-2003 17/2
IES R. Otero Pedraio 4.590,50 22-10-2003/31-10-2003 15/2
IES Rafael Dieste 4.336,80 23-4-2003/2-5-2003 11/2
IES Río Cabe 4.239,30 2-4-2003/12-4-2003 20/1
IES Rosalía de Castro 4.968,60 11-10-2003/20-10-2003 22/2
IES Rosalía de Castro 6.618,50 12-6-2003/21-6-2003 23/2
IES San Mamede 2.094,30 30-3-2003/10-4-2003 9/1
IES Sánchez Cantón 6.723,60 14-9-2003/1-10-2003 31/2
IES S. Basanta Silva 8.622,90 26-4-2003/6-5-2003 39/3
IES Terra de Turonio 4.773,60 6-3-2003/17-3-2003 21/2
IES Valle Inclán 10.572,90 13-9-2003/26-9-2003 49/3
IES Vilalonga 5.358,60 14-2-2003/23-2-2003 24/2
Visitas preparatorias y de estudio concedidas
Centro Subvención Fechas Nº profesores
IES Fonmiña 227,00 7-4-2003/13-4-2003 1
IES Perdouro 318,00 14-2-2003/16-2-2003 1
ANEXO II
Solicitudes denegadas para proyectos lingüísticos
-Centro: Colegio Marista Santa María.
Causas de la exclusión: renuncia.
-Centro: IES Laxeiro.
Causas de la exclusión: no cumple los requisitos.