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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 183 Lunes, 22 de septiembre de 2003 Pág. 11.924

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE LALÍN

EDICTO (95/2002).

Gloria María de la Gurdia Limeres, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número

dos de Lalín, certifico que en los autos arriba reseñados ha recaído sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Vistos por mi, la jueza María Paz Filgueira Paz, los presentes autos de separación contenciosa, promovidos por la procuradora Sra. Fernández Ramón, en nombre y representación de Pilar Moure Montoto contra Eligio Davila Pereiros, con citación del Ministerio Fiscal por la existencia de un menor.

Decido por lo expuesto, se decreta la separación judicial de María del Pilar Moure Montoto y Eligio Davila Pereiros, y se establece como consecuencias de la separación lo siguiente:

La guarda y custodia de Alex se otorga a la madre, quedando la patria potestad para ambos cónyuges, sin que se establezca régimen de visitas alguno a favor del padre; se establece a favor del menor y a cargo del padre la pensión de alimentos de 180 euros mensuales, que se abonarán por meses anticipados en la cuenta del BBV número 0201502504.

Esta sentencia se notifica a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en 5 días ante la audiencia respectiva.

No se realiza especial pronunciamiento sobre las costas.

Por esta mi sentencia así lo manda y firma la jueza María Paz Filgueira Paz.

De esta resolución se enviará testimonio al registro civil de Agolada, para su correspondiente anotación, en el tomo 32, página 499.

Y para que así conste y sirva de notificación en forma al demandado Eligio Davila Pereiros, en ignorado paradero, expido el presente edicto en Lalín a treinta y uno de julio de dos mil tres.

La secretaria

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