La Orden de 30 de diciembre de 2002 por la que se particulariza para el ejercicio 2003 el procedimiento de concesión de ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura (DOG nº 252, de 31 de diciembre de 2002) establece en su artículo 2º el importe de la cuantía máxima de las ayudas que al amparo de la misma podrán ser concedidas a sus solicitantes.
Posteriormente fue publicada la Orden de 20 de marzo de 2003 (DOG nº 61, del 27 de marzo) por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2002 en lo relativo al importe de la cuantía máxima de las ayudas. Como consecuencia de la modificación de esta orden, el importe máximo para este tipo de ayudas quedó fijado en 15.235.326,83 euros.
No obstante, y por cuanto en el mismo programa de gasto destinado al efecto existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, es por lo es necesario ampliar el importe de la cuantía máxima de las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida Orden de 30 de diciembre de 2002 a la finalidad de hacer llegar las mismas al mayor número de beneficiarios posible.
Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas
DISPONGO:
Artículo único.
Primero.-Se amplía el importe de la cuantía máxima de las ayudas a conceder al amparo de la Orden de 30 de diciembre de 2002 (DOG nº 252, de 31 de diciembre de 2002) en la cantidad de 4.000.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.722A.770.0 que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2003.
Segundo.-La presente modificación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.
Santiago de Compostela, 15 de septiembre de 2003.
Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES