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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Miercoles, 10 de septiembre de 2003 Pág. 11.505

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (301/2003).

Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 301/2003 seguidos a instancia de Pilar Ramallo Capelán, contra Cartex 2001, S.L. y Fogasa, sobre reclamación de cantidades, la magistrada de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia, en fecha 14 de julio de 2003, con la siguiente parte dispositiva:

«Que estimando la demanda interpuesta por Pilar Ramallo Capelán, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la cantidad de 2.287 euros por los conceptos que se expresan en el hecho probado segundo de esta resolución y, en ese sentido, debo condenar y condeno a la empresa Cartex 2001, S.L. a que, estando y pasando por tal declaración, abone a la actora la cantidad de 2.287 euros en concepto de salarios y liquidación, más el 10 % de intereses por mora desde la fecha de su correspondiente devengo.

Y debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del ET.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sentencia cabe recurso de suplicación, que deberá anunciar su abogado o representante legal, designado al efecto, ante este juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de esta sentencia, por comparecencia o por escrito de las partes. Es posible el anuncio por mera manifestación de aquélla el ser notificada y será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La empresa condenada deberá, asimismo, acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado el importe de la condena en la cuenta de consignaciones de este juzgado, abierta en el BBV, cuenta nº 5602-60, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista, más otra cantidad de 150,25 euros en la misma cuenta y en calidad de depósito, en un impreso separado del del importe de la

condena.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Cartex 2001, S.L., que tuvo su última dirección conocida en la calle San Pedro de Monteagudo, s/n, 15142 Arteixo, A Coruña; y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 14 de julio de 2003.

El secretario judicial

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