De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 14 de enero (BOE nº 13, de 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 172 y siguientes del Código civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente obrante en esta delegación provincial.
La interesada podrá interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra que corresponda, sin necesidad de reclamación administrativa previa, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 3/1997, de 9 de junio, gallega de familia, infancia y adolescencia.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia, Infancia y Menores de la Delegación Pro
vincial de la Consellería de Familia, Juventud, Deporte y Voluntariado en Vigo.
-Nº expediente: 95/85 (SXPA 2001/375-5).
-Interesado: Milagros Barros Conde.
-Domicilio: desconocido.
-Asunto: resolución administrativa de 23 de maio de 2003.
Vigo, 29 de julio de 2003
Francisco J. González Vicente
Delegado provincial de Pontevedra