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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Miercoles, 03 de septiembre de 2003 Pág. 11.202

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE OURENSE

EDICTO (540/2002).

Josefina Diz Barxa, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Ourense.

Hace saber que en autos que a continuación se dirán, obra dictada la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: nº 445/2002.

En Ourense veintiséis de noviembre de dos mil dos. Amparo Lomo del Olmo, magistrada del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Ourense y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio falta de pago nº 540/2002 seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Elida Araújo Diéguez, representada por la procuradora Marta Trillo González y defendida por el letrado José Carlos González Fernández, y de otra e como demandada Lucía Alfonso Fernández, declarada en rebeldía procesual en el transcurso del juicio.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda formulada por la representación de Elida Araújo Diéguez contra Lucía Alfonso Fernández, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la vivienda sita en Ourense, calle de los Carrís, nº 9, 3 dcha., por falta de pago, condenando a la demandada al abono de la cantidad de 2.661,94 euros, más las que deba hasta el momento de la ejecución con apercibimiento de que tendrá lugar su lanzamiento si no procede a su desalojo; con imposición a la misma demandada de las costas causadas en el procedimiento. Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará ante este juzgado dentro del plazo de cinco días, contados desde el siguiente a su notificación, en la forma prevenida en el artículo 457 de la Ley de enjuiciamiento criminal. Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias civiles.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

En virtud de lo acordado en los autos de referencia de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497.2º de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil, extiendo la presente para que sirva de notificación en legal forma a la demandada Lucía Alfonso Fernández, actualmente en ignorado paradero.

En Ourense, siete de julio de dos mil tres.

La secretaria judicial

Rubricado

JUZGADO DE LO SOCIAL

NÚMERO DOS DE OVIEDO