De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los correspondientes expedientes sancionadores, por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con las resoluciones de 24 de enero de 2002 y de 11 de febrero de 2003, de la Dirección General de Montes e Industrias Forestales, sobre medidas para la prevención de incendios forestales durante el año 2002 y 2003, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
No obstante, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que la presente resolución adquiera firmeza -la firmeza se producirá al no interponer recurso en el plazo indicado-. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.
Plazos establecidos en el artículo 20 del Reglamento general de recaudación:
-Las sanciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
-Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste se presentase, esta resolución será firme a todos efectos reglamentarios.
Ourense, 14 de julio de 2003.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
DNI
y sancionador euros
Expte./año Denunciado
Última dirección conocida Hecho denunciado Precepto infringido
Sanción
DNI: 09945808-X
LU-7460-C
CIF: A-24024382 24400 Ponferrada LE-9709-O
DNI: 34997430 OR-5655-D
CIF: B-32027567 32550 Viana do Bolo OR-0673-C
DNI: 71142886 47007 Valladolid BI-1666-AW
OU 009/2003 IN Nicanor Arias Arias
C/ Gran Capitán nº 15-17. 24010 Trobajo del Camino (San Andrés de Rabanedo) Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
OU 012/2003 IN Distribuciones Graña, S.A.
Travesías Eladio Bailina nº 9
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
OU 013/2003 IN Jaime Diéguez Vázquez
San Bartolomeu, 32514 Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
OU 040/2003 IN Investigaciones Mineras Alto del Santuario, S.L.
María Pita nº 53
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
OU 085/2003 IN Mª Milagros Hernández Zalazar
Barrio de la Esperanza nº 104
Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
DNI: 34992439 OR-8096-K
OU 092/2003 IN Manuel Martínez Pérez
Rozas, 32310 Rubiá Abandono de vehículo
Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DGM e Industrias Forestales 300,51 A
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES