Según lo dispuesto en el artículo 92.2º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de A Cañiza, en sesión que tuvo lugar el 27 de junio de 2003, aprobó definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de A Cañiza, después del informe favorable de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de 18 de junio de 2003.
Con fecha 17 de julio de 2003 se comunica a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda este acto de aprobación definitiva, a la vez que se le da traslado de una copia adverada del expediente administrativo completo y de dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que lo integran y sobre los
que recayó el acuerdo de aprobación definitiva, debidamente diligenciados por el secretario municipal.
De acuerdo con lo señalado en los artículos 65.2º y 70.2º de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la entrada en vigor del Plan General de Ordenación Municipal de A Cañiza se producirá una vez que transcurran 15 días desde la publicación en el BOP de Pontevedra del texto íntegro de las ordenanzas y del articulado de las normas urbanísticas del plan general.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se consideren oportunos.
A Cañiza, 17 de julio de 2003.
César J. Mera Rodríguez
Alcalde