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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Viernes, 22 de agosto de 2003 Pág. 10.818

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (71/1998).

Dolores Martín Nájera, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio que en el juicio de faltas nº 71/1998 se ha dictado la presente resolución:

«Auto.

En Santiago de Compostela a uno de julio de dos mil tres.

Hechos.

Único.-En este juzgado se sigue juicio de faltas con el número 71/1998, sobre lesiones-tráfico, en el que figuran como denunciantes los herederos de Antonio Gil Mariño y VER PDF y, como denunciante/denunciado, Carlos Vázquez Rodríguez.

Razonamientos jurídicos.

Único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 del Código penal, «la responsabilidad penal se extingue por la prescripción de la infracción cometida», por lo que teniendo en cuenta que conforme al artículo 131.2º del mismo texto legal, las faltas prescriben a los seis meses, no puede sino declararse la extinción de la responsabilidad penal del denunciado Carlos Vázquez Rodríguez, por haber transcurrido más de 6 meses desde que el procedimiento estuvo paralizado, al no haberse señalado día para la celebración del juicio de faltas.

Parte dispositiva.

Se declara extinguida la responsabilidad criminal de Carlos Vázquez Rodríguez por prescripción de la falta prevista y penada en el artículo 621.3º del Código penal.

Una vez firme esta resolución, procédase al archivo de las actuaciones, dejando nota suficiente en los libros de registro.

Notifíquese esta resolución, contra la que cabe recurso de reforma, al Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Así lo acuerda, manda y firma Pura Caaveiro Ameneiro, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Santiago de Compostela y su partido. Doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación del auto de prescripción de la falta a los ignorados herederos de Antonio Gil Mariño, y su publicación en el BOP, expido el presente edicto en Santiago de Compostela a veinticuatro de julio de dos mil tres.

La secretaria

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