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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 160 Miercoles, 20 de agosto de 2003 Pág. 10.764

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO SIETE DE A CORUÑA

EDICTO (807/2002).

Teresa Sampedro Blanco, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número siete de A Coruña, doy fe y testimonio en los autos de desahucio, falta de pago 00807/2002 LJ, seguidos en este juzgado a instancia de Francisca Tenreiro Pita, representada por el procurador Sr. Rodríguez Siaba contra Ana J. Varela Aldao, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Sentencia. En A Coruña a 9 de abril de 2003.

Decido que estimando la demanda interpuesta por Francisca Tenreiro Pita, representada por el procurador Sr. Rodríguez Siaba contra Ana J. Varela Aldao en rebeldía en autos. Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que sobre la vivienda sita en la avda. Che Guevara número 16, 2º izquierda de Perillo-Oleiros, existía entre la actora y la demandada, por falta de pago de las rentas pactadas y consecuentemente, que debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la demandada de la expresada vivienda, condenándole a hacer entrega de la misma en el plazo legal establecido, sino lo hiciere se procederá a su lanzamiento. Con imposición de costas a la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes, a quienes se hará saber que contra la misma, pueden preparar recurso de apelación dentro del plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de la notificación. A la demandada no se le admitirá el recurso de apelación, si al prepararlo no manifiesta

acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar

adelantada. Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado María Escribano Silva, magistrada jueza».

A fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y para que sirva de notificación de sentencia a la demandada rebelde Ana J. Varela Aldao, expido y firmo el presente en A Coruña a veinticinco de junio de dos mil tres.

La secretaria

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