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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Martes, 12 de agosto de 2003 Pág. 10.555

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 8 de julio de 2003, del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente PO-00076-O-2003 y quince más).

Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra lo que consideren conveniente, haciendo llegar o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.

Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra, 8 de julio de 2003.

Mª Cruz Tomé Navas

Jefa del Servicio Provincial de Transportes

de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta (A)

PO-00076-O-2003

1401-BZC

G.C. de Tráfico

Const. Barros San Martino, S.L.

Pedro Mateo Sagasta, 20

36650 Caldas de Reis

Pontevedra

Circular transportando grava entre los puntos indicados careciendo el vehículo de la tarjeta visado de transportes. Servicio privado.

30-12-2002; 11.30; C-531; 3 p

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.150

PO-00258-O-2003

PO-3903-Y

G.C. de Tráfico

Moammed Flourarri

Casa Carmen (Paredes), 40

36141 Vilaboa

Pontevedra

Circular transportando alfombras, careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio privado.

4-2-2003: 8.30; A-9; 129,00

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.150

PO-00265-O-2003

PO-4842-AH

G.C. de Tráfico

Alonso Castro Docampo

El Molino, 5,

36680 A Estrada

Pontevedra

Realizar transporte de mercancías sin haber realizado la revisión periódica obligatoria del aparato tacógrafo. Última revisión 18-12-2000. Servicio público.

24-1-2003; 10.30; EP-7019; s.pk

R(CE) 3821/1985.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-00278-O-2003

LU-1509-U

G.C. de Tráfico

Álvaro Ares Torres

Rúa Tres Sta. Lucía, 3, 2º I,

36660 Moraña

Pontevedra

Circular con un vehículo transportando bollería entre los puntos indicados careciendo de tarjeta visado de transportes. Circula al completo de su carga. Presenta albarán de carga a su nombre y manifesta ser autónomo. Servicio privado.

11-2-2003; 7.40; C-531; 12,500

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.150

PO-00378-O-2003

9137-BNL

G.C. de Tráfico

Yolanda Díaz Serrano

Alemania (Monteporreiro), 61

36162 Pontevedra

Circular transportando 22 cajas de pastelería variada, careciendo de autorización de transportes. Presenta tarjeta caducada el 30-6-2002. Servicio público.

8-2-2003; 6.45; N-550; 116

Art. 90 de la Ley 16/1987 y art. 41 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-00405-O-2003

M-0489-LJ

G.C. de Tráfico

Construcciones da Rocha, S.L.

Leon, 11-2º I,

36206 Vigo

Pontevedra

Circular transportando 1.500 kg aprox. de cemento, careciendo de la tarjeta de transportes. Porta distintivos serie MPC de ámbito nacional.

15-2-2003; 17.10; A-9; 137.000

O.M. de 25 de octubre de 1990 (BOE del 30 de octubre), art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-00407-O-2003

C-9015-BZ

G.C. de Tráfico

Granja Marina de Barbanza, S.L.

Lugar de Seráns Playa, s/n,

15970 Porto do Son

A Coruña

Circular transportando cajas y agua salada, no acreditando el conductor la relación laboral o familiar con el titular del vehículo en oficio nº 3.936 de fecha 16-4-2003 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. Al no justificar tal relación este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización. Porta distintivos de servicio privado ámbito nacional.

12-3-2003; 10.30; N-550; 172

Art. 102.3º de la Ley 16/1987 y art. 157 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-00408-O-2003

V-9793-CY

G.C. de Tráfico

Gesruber, S.A.

Reconquista, 11, Vigo

Pontevedra

Circular transportando ruedas, no acreditando el conductor la relación laboral ni familiar con la empresa. En oficio nº 4032 de fecha 16-4-2003 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. Al no justificar tal relación este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización.

3-3-2003; 17.35.18; PO331; 7.300

Art. 102.3º de la Ley 16/1987 y art. 157 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-00416-O-2003

PO-4510-BK

G.C. de Tráfico

Distelco Arcade, S.L.

Caoutada edf. Eiras Arcade, 7

36691 Arcade Soutomaior

Pontevedra

Circular transportando embutidos, no acreditando el conductor la relación laboral con el titular del vehículo. Carece de todos los distintivos. En oficio nº 3920 de fecha 16-4-2003 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. Al no justificar tal relación, este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización.

18-3-2003; 18.00; C-550; 122

Art. 102.3º de la Ley 16/1987 y art. 157 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta (A)

PO-00455-I-2003

5856-BFC

Nº74

Atcon Servicios y Obras, S.L.

Bolivia nº 4-bajo

36200 Vigo

Pontevedra

Comparecido agente de inspección nº 74, adscrito a este servicio provincial, en el acceso al puerto pesquero de Vigo, para comprobar las irregularidades denunciadas telefónicamente, se constata que el vehículo 5856-BFC, transporta material de construcción. Presenta documentación del vehículo, pero no la autorización de transporte que le es requerida. El vehículo es conducido por Manuel Rodríguez Lorenzo, siendo de la titularidad de Atcon Servicios y Obras, S.L. Servicio privado.

14-2-2003; 10.00.33

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.150

PO-00626-O-2003

PO-8145-AP

G.C. de Tráfico

Domingo Solla da Cruz

San Juan, 108

36206 Vigo

Pontevedra

Circular transportando flores careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio público.

7-5-2003; 9.10; N-120; 663

Art. 90 de la Ley 16/1987 y art. 41 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-04037-O-2002

M-1378-OY

G.C. de Tráfico

Jesús Transportes. R. Junior, S.L.

Méndez Núñez, 43

36600 Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

Circular realizando un transporte de áridos, dando un peso total en báscula de 9.100 kg, estando autorizado para un PMA de 3.500 kg, exceso 5.600, 160%. No se inmoviliza por encontrarse en las inmediaciones del lugar de efectuar la descarga. Pesado en la báscula oficial de la Xunta de Galicia nº 2359-2358 mod. Haenni WL-103. Verificación CE: 14-7-1998. Ticket nº 239. Servicio público.

18-11-2002; 10.30; C-531; 3,00

Art. 200.3º de la Ley 16/1987 y art. 157 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.1.380

PO-04268-O-2002

OU-7195-J

G.C. de Tráfico

Ferleva, S.L.

Barragáns, Campaño, s/n

36157 Pontevedra

Circular transportando 5.000 litros de gasóleo entre los puntos indicados careciendo el vehículo de tarjeta visado de transportes. Servicio privado.

29-11-2002; 11.30; C-550; 40.400

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.1.380

PO-04382-O-2002

CS-4426-AJ

G.C. de Tráfico

Construc. J. Valverde Val Miñor, S.L.

Cruz de Mera, 3

36380 Gondomar

Pontevedra

Circular no acreditando el conductor la relación laboral con la empresa titular del vehículo. En oficio nº 298 de fecha 13-1-2003 se requiere al titular del vehículo para que acredite la relación laboral del conductor con la empresa denunciada. Al no justificar tal relación este servicio provincial considera que se realiza un transporte público sin autorización.

20-11-2002; 13.00; PO-331; 12

Art. 102.3º de la Ley 16/1987 y art. 157 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300

PO-04499-O-2002

M-2896-SV

G.C. de Tráfico

José Ramón Pintos Senra

Juan Manuel Pereira, 1-2º D

36800 Redondela

Pontevedra

Circular transportando paquetería y barnices careciendo de tarjeta de transportes.

4-12-2002; 13.30; C-531; 22,700

Art. 103 de la Ley 16/1987 y art. 158 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.150

PO-04514-O-2002

9519-BVC

G.C. de Tráfico

José Manuel Casas Señarís

Rosalía de Castro, 79-2º B

15706 Santiago de Compostela

A Coruña

Carecer de autorización de transportes y realizar un transporte público de paquetería. Carece de todos los disintivos. Servicio público.

16-12-2002; 13.30; N-640; 185

Art. 90 de la Ley 16/1987 y art. 41 del R.D. 1211/1990.Art. 143 de la Ley 16/1987 y art. 201 del R.D. 1211/1990.300