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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 07 de agosto de 2003 Pág. 10.348

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

DECRETO 341/2003, de 24 de julio, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, por el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto de acondicionamiento integral de las márgenes del río Miño.

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, en sesión celebrada el día trece de noviembre de dos mil dos, aprobó el proyecto de acondicionamiento integral de los márgenes del río Miño y, en la misma sesión, acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por parte del Ayuntamiento de Salvaterra de Miño fue remitida la documentación complementaria para la correcta tramitación del expediente con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día veinte de junio de dos mil tres.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

La Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitió informe con fecha de entrada en el registro general de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local el día veintiséis de mayo de dos mil tres.

La Dirección General de Conservación da Natureza de la Consellería de Medio Ambiente emitió informe el día catorce de mayo de dos mil tres.

Se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado,

objeto de expropiación constituyen la prolongación natural del parque público de A Canuda, por lo que vienen utilizándose como prolongación del mismo, siendo además uno de los pocos si no el único espacio de esparcimiento con el que cuenta el municipio, de manera que es visitado y utilizado por miles de personas, en su gran mayoría menores de edad. Estos terrenos presentan un progresivo deterioro y falta de adaptación a las exigencias que debe reunir todo parque público en cuanto espacio de recreo especialmente de menores, seguridad, salubridad, etc., provocando una situación de evidente riesgo y peligro para todos los usuarios.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del conselleiro de Justicia, Interior y Administración Local y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de julio de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, por el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de acondicionamiento integral de los márgenes del río Miño, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, realizar las tramitaciones y aprobaciones, así como obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veinticuatro de julio de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Jesús Carlos Palmou Lorenzo

Conselleiro de Justicia, Interior

y Administración Local