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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 05 de agosto de 2003 Pág. 10.268

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

RESOLUCIÓN de 12 de junio de 2003 por la que se declara extinguido el título habilitante para la explotación de un establecimiento auxiliar de cultivos marinos en Boiro (A Coruña).

Examinado el expediente de caducidad iniciado a Francisco López Silva (DNI 33108809-X), en su condición de titular de una estación depuradora, emplazada en Boiro (A Coruña).

a) Hechos.

Primero.-Con fecha de 26-9-2000 los interesados presentan escrito en el que renuncian al título habilitante del establecimiento a fin de dedicarlo a una nueva actividad.

Segundo.-La extinción no tendría incidencia negativa sobre el dominio público ni causa perjuicios a terceros.

Tercero.-La Delegada Territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos de A Coruña, el 25 de abril de 2003, propone que se acepte la renuncia y se considere extinguido el título habilitante.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Segundo.-Ley 22/1988, de 29 de julio, de costas.

Tercero.-Real decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo de la Ley de costas.

Cuarto.-Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento de permiso de actividad para los establecimientos de cultivos marinos y auxiliares emplazados en la zona terrestre.

Quinto.-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Teniendo en cuenta que:

Primero.-El expediente se tramitó de conformidad con la legislación vigente.

Segundo.-El informe favorable del Servicio Técnico-Jurídico.

Esta consellería, en el ejercicio de sus atribuciones y competencias,

RESUELVE:

Extinguir el título habilitante del establecimiento auxiliar de cultivos marinos que a continuación se indica:

* Titular: Francisco López Silva (DNI 33108809-X).

* Tipo: estación depuradora.

* Especies: moluscos.

* Ubicación: Punta Cereixo-Castro-Esteiro-Boiro (A Coruña).

* Título habilitante: permiso de actividad y concesión.

* Fecha otorgamiento: Orden de 18-9-1968.

* Vigencia: 26-9-1998.

La causa por la que se resuelve la extinción es la siguiente:

Renuncia expresa del titular del establecimiento (artículo 72 b) de la Ley 6/1993, de pesca de Galicia).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de da su publicación en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 12 de junio de 2003.

Enrique César López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos