El Pleno del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras, en sesión extraordinaria-urgente de 27 de junio de 2003, con la mayoría legal prevista en el artículo 47.3º.i) de la Ley 7/1985, aprobó el dictamen de la Comisión de Obras, Urbanismo y Medio Rural, de fecha 24 de junio de 2003, con la parte dispositiva del siguiente tenor literal:
Aprobar definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras, redactado por Idasa e informado previa y favorablemente por la Consellería de Política Terri
torial, Obras Públicas y Vivienda, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, de aplicación de acuerdo con la disposición transitoria tercera de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural. Que se proceda a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el DOG y de la normativa urbanística en el BOP, en atención a lo establecido en el artículo 48 de la derogada Ley 1/1997, del suelo de Galicia. Asimismo, que se dé cuenta de la aprobación definitiva a la citada consellería, dando traslado de copia autenticada del expediente administrativo completo y de dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que integran el plan, debidamente diligenciados por el secretario del ayuntamiento.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 92 de la Ley 9/2002, se hace constar en el presente anuncio que se remitió la documentación a la consellería competente con fecha 18 de julio de 2003.
En contra del presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, en los términos de los artículos 52.2º a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
O Barco de Valdeorras, 18 de julio de 2003.
Alfredo L. García Rodríguez
Alcalde