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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 31 de julio de 2003 Pág. 10.066

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

CÉDULA de 8 de julio de 2003, de la Delegación Territorial de Vigo, de notificación de la resolución recaída en el expediente de autorización 03/17, tramitado a la solicitud formulada por Antonio Ríos Álvarez para la realización de obras consistentes en el acondicionamiento de un local para uso hostelero, en la calle Can do Penedo, término municipal de Bueu, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución de la delegada de esta consellería en Vigo, recaída en el expediente de autorización tramitado en este servicio a la solicitud formulada por Antonio Ríos Álvarez, para la realización de obras consistentes en el acondicionamiento de un local para uso hostelero, en la calle Can do Penedo, término municipal de Bueu, dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre.

Contra la presente resolución se puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 8 de julio de 2003.

Paloma Rueda Crespo

Delegada territorial de Vigo

ANEXO

Expediente número: 03/17.

Solicitante: Antonio Ríos Álvarez.

Última dirección conocida: Outeiror, 51, Bueu.

Obra solicitada: uso hostelero.

Lugar: Can do Penedo.

Ayuntamiento: Bueu.

Resolución: tenerle por desistido a Antonio Ríos Álvarez de la solicitud de autorización para uso hostelero, en la calle Can do Penedo, término municipal de Bueu, ordenando su archivo sin más trámites.

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y ADMINISTRACIÓN

LOCAL