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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Miercoles, 30 de julio de 2003 Pág. 10.021

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 7 de julio de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica la resolución de los expedientes sancionadores en materia de régimen de v.p.o. E.S. OU-01/03, E.S. OU-02/03, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, he resuelto publicar la resolución de los expedientes sancionadores por infracción del régimen legal de v.p.o. por no ser posible la notificación a través del servivio de correos.

Los interesados podrán presentar contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, recurso de alzada en el plazo de un mes ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, pudiéndolo interponer bien directamente ante él o bien ante esta delegación provincial.

Lo que se le notifica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Ourense, 7 de julio de 2003.

José Elier Ojea Ureña

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

-Expediente nº E.S. OU-01/03.

Responsable: José A. Folgoso Castaño.

Dirección: c/ Pablo Iglesias, nº 5, bl. III, 7ºA.32004 Ourense.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial, de promoción pública, de la que es titular, a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5 c) de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 1.500 A.

-Expeciente nº E.S.OU-02/03.

Responsable: Sara Rodríguez Rivero.

Dirección: c/ Pablo Iglesias, nº 5, torre 3, 9ºA. 32004 Ourense.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial, de promoción pública, a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5 c) de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 3.000 A.