El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2003, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.-Declarar subsanado el error detectado en el documento definitivamente aprobado del plan parcial del sector de suelo urbanizable S-10 Parque Ofimático, presentado por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.
Segundo.-Convalidar el documento del plan parcial del sector de suelo urbanizable S-10 Parque Ofimático, presentado por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, en fecha 12 de noviembre de 2002, a modo de un documento refundido de plan parcial.
Tercero.-Levantar la suspensión de la eficacia del acuerdo de aprobación definitiva del plan parcial del sector de suelo urbanizable S-10 Parque Ofimático, otorgando eficacia al documento refundido de plan parcial presentado con fecha 12 de noviembre de 2002.
Cuarto.-Comunicar el presente acuerdo a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.5º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección do medio rural de Galicia.
Quinto.-Publicar el presente acuerdo en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados en el procedimiento administrativo.
Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a aquél en el que se practicó la notificación o, en su caso, la publicación; todo ello de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el artículo 46 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 13 de julio de 1998, sin prejuicio de cualquier otro que se estime pertinente.
Lo que se publica para general conocimiento y para producir los efectos previstos en el presente acuerdo.
A Coruña, 19 de marzo de 2003.
Salvador Fernández Moreda
Concejal delegado de Urbanismo