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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 18 de julio de 2003 Pág. 9.620

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2003 por la que se hace pública la convocatoria del XII Premio Álvaro Cunqueiro para Textos Teatrales.

El Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de la Xunta de Galicia convoca la edición para el año 2003 del XII Premio Álvaro Cunqueiro para Textos Teatrales, conforme a las siguientes

BASES

Primera.-Premio.

Se anuncia el XII Premio Álvaro Cunqueiro para Textos Teatrales, correspondiente a la edición del año 2003. La concesión del premio comprende la dotación económica de 6.025 euros, así como la publicación y posibilidad de representación de la obra premiada. La citada cantidad será imputada a los presupuestos de gasto para o ejercicio 2003 con cargo á aplicación presupuestaria 1060.354A.640.1, «Inversión de carácter inmaterial IGAEM», y estará sujeta al tratamiento fiscal correspondiente en vigor en el momento de su concesión.

Segunda.-requisitos.

Podrán optar al premio textos teatrales inéditos escritos en gallego conforme a la legislación vigente, no representados y no premiados en otros concursos. Asimismo, no podrán optar al premio el ganador/res de las dos últimas ediciones del mismo. Las obras serán de temática libre y sin limitación en su extensión, si bien se considera el principio de duración normal de un espectáculo completo entendido en un sentido amplio, quedando excluidas, por lo tanto, las obras de teatro breve.

Tercera.-Presentación de originales.

Los textos deberán ser presentados por quintuplicado en tamaño DIN A-4, en ejemplares separados, mecanografiados a doble espacio por una sola cara, numerados, grapados o encuadernados y en perfectas condiciones de legibilidad.

Los originales se presentaran bajo un título y un lema inscritos en su portada y acompañados de un sobre cerrado en cuyo exterior conste el mismo lema de la obra y en el interior el nombre y apellidos del autor, nacionalidad, NIF o NIE o número de pasaporte, en su caso, dirección y número de teléfono.

Se podrá, igualmente, en sustitución de los datos anteriores, presentarse bajo seudónimo. Si se escoge esta modalidad, los datos a incluir en el sobre correspondiente serán como mínimo seudónimo y NIF, NIE o número de pasaporte.

Cuarta.-Plazo y lugar de admisión.

El período de admisión de los originales finaliza en el plazo de sesenta días hábiles contados a partir

del día siguiente al de la publicación del anuncio de la resolución que haga pública las presentes bases en el Diario Oficial de Galicia.

Los originales deberán enviarse a la siguiente dirección:

Premio Álvaro Cunqueiro para Textos Teatrales.

Instituto Galego das Artes Escénicas e Musicais (IGAEM).

Pabellón de Galicia. San Lázaro s/n.

15703 Santiago de Compostela (A Coruña).

Asimismo, podrán presentarse en los registros de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Quinta.-Jurado.

El jurado estará formado por un presidente y cuatro personas de reconocida capacidad y prestigio en el mundo teatral, siendo una de ellas el autor premiado en la edición anterior. El conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo nombrará al presidente y a dos de los cuatro vocales, en tanto que el Consejo Rector del IGAEM nombrará a los otros dos. Actuará como secretario, con voz y sin voto, un trabajador del IGAEM, propuesto por el gerente.

La composición del jurado se hará pública en el momento de producirse su dictamen.

El jurado actuará en pleno, en sesión a ser posible única, siendo necesaria como mínimo la asistencia de dos tercios de sus miembros. Sus deliberaciones serán secretas y de ellas será redactada el acta correspondiente, que será firmada por la totalidad de los miembros del jurado y por el secretario.

El dictamen del jurado será inapelable.

Los miembros del jurado no podrán presentar textos teatrales a la presente convocatoria.

El jurado, complementariamente a las cualidades literarias y a los contenidos dramáticos que posea el texto, contemplará con criterio positivo la viabilidad de la representación escénica de la obra en lo que se refiere a los aspectos que afectan al número de personajes, espacio escénico, condiciones técnicas, etc.

El premio podrá ser declarado desierto si así lo considerase conveniente el jurado.

Sexta.-Comunicación del fallo.

La decisión del jurado tendrá lugar dentro de los dos meses siguientes al término del plazo de admisión de los originales y será dada a conocer a través de los medios de comunicación.

Para el caso de que el texto premiado fuera presentado bajo seudónimo, el anuncio público del texto

premiado servirá de notificación a su autor. De no presentarse el autor a la recepción del premio, el IGAEM podrá igualmente hacer uso de la obra premiada en los términos de las presentes bases sin perjuicio del derecho de cobro del premio, siempre que su autor se identifique y se presente para su cobro en un plazo de tres meses desde la notificación pública. Transcurrido este, perderá el derecho a la percepción económica del mismo.

Igualmente, a petición del autor podrá obviarse la autoría del texto teatral en la publicidad de la concesión del premio, así como en la publicación y puesta en escena de la obra premiada.

Séptima.-Publicación de la obra premiada.

La obra galardonada será publicada por el IGAEM en su colección de textos dramáticos «Los libros del Centro Dramático Galego» con la finalidad de la difusión cultural competencia de este organismo.

Octava.-Representación de la obra premiada.

El IGAEM conservará durante dos años, contados a partir de la concesión del premio, los derechos para representar la obra premiada.

El IGAEM sacará a concurso público, dentro de la convocatoria anual de convenios de producción y distribución para compañías de teatro profesional, la obra galardonada, con el objetivo de que las compañías teatrales gallegas que lo deseen puedan optar a dicho concurso. La comisión encargada de la valoración de los proyectos determinará, en función de las garantías que se establezcan, cuál será la compañía que ponga en escena la obra ganadora.

El IGAEM podrá llevar a cabo la representación de la obra premiada dentro de sus objetivos de difusión y promoción del teatro a los que hace referencia el artículo 9 de su Ley de creación y, por lo tanto, sin pretender la explotación económica de la obra premiada en referencia a obtener beneficio comercial con su explotación. Sin perjuicio de lo indicado, podrá cobrarse entrada por taquilla en las representaciones realizadas en virtud del presente premio, sin que por el propio objeto de los fines del IGAEM esto suponga explotación comercial de la obra.

El presente premio no exige la cesión de los derechos económicos derivados de la propiedad intelectual de la obra, que serán ejecutados, en todo caso, por su autor, conforme a su derecho, y en lo que respecta a las representaciones derivadas del presente premio, en todo caso, con el porcentaje correspondiente de las taquillas que pudieran derivarse de las representaciones que fuesen efectuadas.

Novena.-Retirada de originales no premiados.

Los originales no premiados podrán ser retirados de las oficinas del IGAEM en un plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la decisión del jurado.

Aquellos originales que no sean retirados en el citado plazo pasarán a formar parte de los fondos del

Centro de Documentación del IGAEM, que tendrá potestad para desvelar la identidad del autor de la obra a los efectos de conservar el original como fondo documental, excluyendo cualquier otra difusión no autorizada expresamente por su autor. Una vez utilizados los sobres de los datos personales para la finalidad descrita, serán destruidos sin más.

A petición del solicitante se abrirá el sobre de la identificación del autor para comprobar la identidad del peticionario con la autoría de la obra mediante la coincidencia del documento de identidad presentado con el documento de identidad incluido en el sobre. Una vez realizado este trámite, será entregado el texto teatral a su autor, firmando éste el recibí del mismo.

Décima.-Aceptación de las bases.

La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de estas bases.

Undécima.-Desarrollo de las bases.

La propia Gerencia del IGAEM podrá dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta convocatoria.

Duodécima.-Entrada en vigor.

Esta convocatoria entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

José Manuel Soto Virulegio

Gerente

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA