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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 17 de julio de 2003 Pág. 9.575

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ANUNCIO de 8 de abril de 2003, de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, sobre notificación de la apertura del expediente de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de corredor de seguros a Enrique Vilela García.

Este centro directivo, en el ejercicio de sus competencias de control administrativo e inspección del ejercicio de la actividad de correduría de seguros, conforme al articulo 10 del Decreto 118/2001, de 10 de mayo, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de mediación en seguros privados, intentó infructuosamente que el corredor de seguros Enrique Vilela García remitiera copia de los recibos abonados por la póliza del seguro de responsabilidad civil obligatorio correspondientes a los años 2000, 2001, 2002 y 2003 y la relación de las compañías aseguradoras con las que trabaja.

Intentadas dos notificaciones en el domicilio indicado a estos efectos por el interesado, con fechas de registro de salida del 7-2-2003 y 31-3-2003, no se pudo verificar si Enrique Vilela García cumple los requisitos necesarios para conservar la autorización administrativa, de conformidad con el artículo 6 del Decreto 118/2001.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del citado decreto, la revocación de la autorización administrativa para ejercer la actividad de correduría de seguros podrá ser acordada por la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, una vez instruido el expediente con audiencia del interesado, por dejar de cumplir alguno de los requisitos exigidos para la concesión y conservación de la autorización.

En base a todo lo anterior este centro directivo procedió a incoar el expediente de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de corredor de seguros, se concede al interesado trámite de audiencia y se le pone de manifesto el expediente, para que en el plazo de quince días, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, presente en esta dirección general la documentación antes citada así como las alegaciones o justificaciones que estime pertinentes.

Santiago de Compostela, 8 de abril de 2003.

José Álvarez Cobelas

Director general de Política Financiera y Tesoro