La Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en Ourense recibió del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ourense providencia por la que se admite a trámite el recurso contencioso-administrativo ordinario número 161/2003 interpuesto por Eladio Baliñas Bande contra la resolución de la Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en Ourense, de 26 de febrero de 2003, por la que se acuerda desestimar la reclamación presentada por Eladio Baliñas Bande y mantener su exclusión por no llevar empadronado o tener el puesto de trabajo en Ribadavia con una antigüedad mínima de tres años.
En consecuencia, esta delegación provincial acordó en esta fecha y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la remisión del correspondiente expediente administrativo al referido juzgado, lo que se notifica para general conocimiento de todas las personas interesadas en el procedimiento y se emplazan para que puedan comparecer como parte en los autos en el juzgado contencioso-administrativo número uno de Ourense en el plazo de nueve (9) días, contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 24 de junio de 2003.
José Elier Ojea Ureña
Delegado provincial de Ourense