Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones eléctricas que a continuación se detallan:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, A Coruña.
Título: L.M.T., C.T., R.B.T. Montemeá-Castizón.
Situación: Aranga.
Características técnicas: línea eléctrica aérea a 15/20 kV, sobre apoyos de hormigón y metálicos y conductor forrado PAS-50, de 759 m de longitud con origen en la línea que alimenta al C.T. Puente Aranga y final en el C.T. Montemeá-Castizón, a instalar. Centro de transformación tipo intemperie, de 50 kVA y tensiones de 15-20/0,380-0,220 kV, del que parte red de baja tensión en conductor R.Z., de 70 m de longitud, en el término municipal de Aranga.
El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto, de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.
En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:
El propietario de la finca nº 7/1, José Freire González, alega que no está conforme con el vuelo de la línea sobre su finca, puesto que su paso ocasiona desperfectos a la misma.
Unión Fenosa Distribución, S.A., manifiesta que la pérdida de valor sufrida en la parcela podrá reclamarlo, en el momento procedimental correspondiente, aportando hoja de aprecio.
Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación provincial resuelve:
Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Innovación, Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente a su derecho.
A Coruña, 4 de junio de 2003.
Manuel Estévez Mengotti
Delegado provincial de A Coruña en funciones