Por medio de esta cédula y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, se notifica a los interesados las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores VP-C 2/2003 y VP-C 3/2003 que se inician en este organismo por no destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente, causa prevista en el artículo 5.C, de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de infracciones en materia de vivienda.
A dicha infracción el instructor del expediente propone la sanción de multa de 601,02 euros, sin perjuicio de la obligación de destinar las viviendas a domicilio habitual y permanente.
Conforme a lo establecido en el artículo 19 del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, dése traslado a los interesados concediéndoles un plazo de 15 días para formular alegaciones en trámite de audiencia y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes. Las presentes propuesta no son susceptibles de recurso.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados de dirección desconocida, en cumplimiento del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en A Coruña, 20 de junio de 2003.
Mª Teresa Morán Calero
Jefa del Área Provincial de A Coruña
ANEXO
VP-C 2/2003.
Manuel Fernández Domínguez.
C/ Celso Emilio Ferreiro, bloque 1-bajo A, Santiago de Compostela.
Sanción: 601,02 euros.
VP-C 3/2003.
Enrique González Rodríguez.
C/ Tulipanes, bloque 38, portal 21-7º D, Barrio de las Flores A Coruña.
Sanción: 601,02 euros.