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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Viernes, 04 de julio de 2003 Pág. 8.972

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación (399/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en los autos seguidos ante este Juzgado de lo Social, tramitados bajo el número 399/2003, a instancia de Óscar David Pardo Medín, contra S.U.C. Noroeste Servicios, S.L., sobre despido, se dictó la siguiente sentencia:

«En la ciudad de A Coruña, 6 de junio de 2003, Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo Social número dos de esta ciudad, vio los presentes autos de juicio número 399/2003, seguidos a instancia de Óscar David Pardo Medín, mayor de edad, asistido por el letrado Francisco Valiño Ferreiro, contra la empresa S.U.C. Noroeste Servicios, S.L., que no compareció en los autos, siendo el objeto de la reclamación, despido.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido: que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el demandante Óscar David Pardo Medín, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa S.U.C. Noroeste Servicios, S.L. y extinguida la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a que abone al demandante la cantidad de 1.781,41 euros, en concepto de indemnización más 895,80 euros, por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que, contra ella, sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir de la notificación de

esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza de beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el justificante acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierto en el Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, lo mando y lo firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa, que tiene su dirección desconocida, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula de notificación en A Coruña, 6 de junio de 2003.

El secretario judicial

Rubricado.