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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 128 Jueves, 03 de julio de 2003 Pág. 8.841

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2003, de la Secretaría General de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, por la que se convocan ocho cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas de usos fitosanitario y ganadero para alumnos de centros e institutos de formación agraria.

La Orden de 30 de julio de 1997, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establece en la Comunidad Autónoma de Galicia la normativa reguladora para la homologación de cursos de formación para realizar tratamientos con plaguicidas, así como para la obtención del carné de manipulador de estos productos, establece en su artículo 9 la obligatoriedad de que el organismo oficial responsable publique en el Diario Oficial de Galicia la información correspondiente a cada curso que se vaya a celebrar.

Por otra parte, el artículo 6 número 3º de la orden, prevé la posibilidad de validar algunas de las unidades didácticas de las que consta el curso si éstas se superasen en la formación profesional, debiendo, en su caso, cursar las restantes materias de las que consta el curso para poder presentarse a la prueba de evaluación correspondiente.

En los centros de formación y experimentación agraria de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y en los institutos de formación profesional de la rama agraria se imparten ciclos formativos de la familia agraria en las especialidades agrícola o forestal, en las que el alumno debe superar un temario sobre métodos de control fitosanitario; en consecuencia, los alumnos que superasen esos estudios podrán realizar un curso en el que se incidirá en los aspectos normativos y legislación vigente al respecto, con el fin de complementar las enseñanzas recibidas, pudiendo de este modo superar el curso de aplicador/manipulador de plaguicidas, nivel básico, en un número de horas inferior a aquellos alumnos que no sean titulados técnicos de la rama agraria.

En consecuencia, se anuncia la realización de varios cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas de uso fitosanitario y ganadero que tendrán lugar en los centros de formación y experimentación agraria y en un instituto de formación profesional de la rama agraria de acuerdo con las siguientes bases:

1. Clase y número de cursos que se van a impartir.

Ocho cursos de aplicador/manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero. Nivel básico.

2. Datos del organismo organizador.

El organismo organizador será el Centro de Formación, Investigación y Tecnología Agraria de Galicia.

3. Objetivos y destinatarios de los cursos.

Impartir una formación complementaria a la cursada por los alumnos que superasen los cursos de capataz agrícola en las especialidades agrícola o forestal, o los ciclos formativos de grado medio y superior impartidos en los centros de formación y experimentación agraria de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural y en los institutos de formación profesional de la rama agraria de Galicia en las especialidades de explotaciones agrícolas intensivas, jardinería, explotaciones agrarias extensivas, trabajos ferestales y conservación del medio natural, que vayan a manipular o realizar tratamientos con plaguicidas fitosanitarios o de uso ganadero, con el objeto de que puedan obtener el carné de manipulador de estos productos de nivel básico, que los capacite para ejercer la actividad de aplicador de plaguicidas en su propia explotación.

4. Nº de plazas y criterios de selección.

A estos cursos solamente podrán asistir los alumnos que hayan cursado y superado los planes de estudios de la familia profesional agraria impartidos en los centros de formación y experimentación agraria y en los institutos de formación profesional en las especialidades de explotaciones agrícolas intensivas, jar

dinería, explotaciones agrarias extensivas o en la de trabajos forestales y de conservación del medio natural.

Podrán participar en los cursos todos los alumnos, en grupos de no más de 30, que habiendo estado matriculados y cumpliendo los requisitos anteriores, tengan por lo menos 18 años.

5. Realización.

Los centros, lugares y fechas de realización de los cursos son los que figuran a continuación:

CENTRO

DIRECCIÓN

Nº DE

CURSOS

REALIZACIÓN

CFEAGUÍSAMO-BERGONDO

(A CORUÑA)

2OCTUBRE

CFEAPENA DO PICO-BECERREÁ

(LUGO)

2OCTUBRE

CFEASERGUDE-BOQUEIXÓN

(A CORUÑA)

2SEPTIEMBRE

CFEAMONFORTE DE LEMOS

(LUGO)

2OCTUBRE

CFEALOURIZÁN

(PONTEVEDRA)

2OCTUBRE

IFP A GRANXAPONTEAREAS3OCTUBRE

Duración y horario:

El curso constará de un total de 9 horas lectivas, 6 horas de teoría y 3 de clases prácticas.

El horario de los cursos será de las 9.30 a las 14.15 horas y de las 16.00 a las 18.00 horas en la primera jornada, y de las 9.30 a las 13.30 horas la segunda jornada.

6. Programa.

Los temarios que se impartirán son los que figuran en el anexo I.

7. Coordinador técnico del curso.

La coordinación y desarrollo del curso será realizada por el personal de los centros de formación y experimentación agraria dependientes de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.

8. Solicitudes e inscripción.

Los alumnos de un centro de formación y experimentación agraria, que cumpliendo los requisitos de la presente resolución, estén interesados en la realización de un curso de los convocados, se inscribirán en el mismo centro en el que cursaron el ciclo formativo.

Los alumnos de un instituto de formación profesional matriculados en el presente curso en un ciclo formativo de los indicados, que estén interesados en acudir a estos cursos, deberán inscribirse en el centro de formación y experimentación agraria o en el instituto de formación profesional en el que se vaya a realizar el curso, aportando fotocopia del DNI y certificado de haber superado el ciclo formativo de las especialidades indicadas.

9. Certificado de superación del curso.

Es obligatoria la asistencia a todas las sesiones del curso. Finalizado éste, los coordinadores realizarán

las pruebas pertinentes que avalen los conocimientos adquiridos por el alumno y, en caso de superarlas se expedirá el certificado con el que podrá solicitar el carné de manipulador de productos fitosanitarios de nivel básico, que es el único documento válido para poder ejercer la actividad a nivel nacional y para los efectos de inspección por parte de los organismos oficiales correspondientes.

Santiago de Compostela, 18 de junio de 2003.

José Antonio Álvarez Vidal

Secretario general de la Consellería de Política

Agroalimentaria y Desarrollo Rural

ANEXO I

Programa del curso para los productos fitosanitarios y de uso ganadero. Nivel básico.

Para titulados de los centros de formación e experimentación agraria e institutos de formación profesional de la rama agraria:

1. Plaguicidas: descripción y generalidades.

2. Riesgos derivados de la utilización de los plaguicidas.

3. Peligrosidad de los plaguicidas para la salud. Intoxicaciones.

4. Práctica de protección fitosanitaria. Relación trabajo-salud; primeros auxilios en el caso de intoxicación.

5. Medidas preventivas y protectoras para evitar el riesgo de uso de plaguicidas.

6. Buena práctica fitosanitaria. Protección del ambiente y normas legales.

7. Ejercicios prácticos.

8. Prueba de evaluación.

Mínimo de horas lectivas: 9.

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