En virtud de lo establecido en los artículos 9º, párrafo 1, inciso segundo y 10º f) de la Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia, (publicado en el DOG nº 133, del 12 de julio de 1995) y en los artículos 8º y 9º e) del Reglamento de régimen interno de este, (publicado en el DOG nº 114, del 11 de junio de 1996), y de acuerdo con la propuesta efectuada por la organización correspondiente,
DISPONGO:
Artículo 1º
Que cese como miembro titular del Consejo Económico y Social de Galicia en representación de Xóvenes Agricultores, Ricardo García-Borregón.
Artículo 2º
Que cese como miembro suplente del Consejo Económico y Social de Galicia en representación de Xóvenes Agricultores, Antonio de María Angulo.
Santiago de Compostela, veintitrés de junio de dos mil tres.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente