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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miercoles, 02 de julio de 2003 Pág. 8.807

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD

CÉDULA de 3 de junio de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 32/2003, por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 10 de abril de 2003, el delegado provincial de la Consellería de Sanidade de Ourense dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador nº 32/2003 incoado en la Delegación Provincial de

Ourense a Manuel López Reza, como titular del bar restaurante O Eirociño.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Manuel López Reza el contenido del referido acuerdo que figura como anexo para que pueda tener conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, según lo dispuesto en el número 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta delegación provincial en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta delegación, situada en la avda. de Zamora, nº 13 de Ourense, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también de que de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ourense, 3 de junio de 2003.

José F. Troncoso Casares

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Nº expediente: 32/2003.

Denunciado: Manuel López Reza (Bar O Eirociño).

CIF/NIF: M 3201449 X.

Última dirección conocida: c/ Santo Domingo, nº 4-32003 Ourense.

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Preceptos infringidos: artículo: 1.1º.c del D. 157/1985, de 11 de julio; artículos 3º.5, 3º.4, 3º.6, 6º.2, 6º.3 y 12º del R.D. 3484/2000, de 29 de diciembre, que estable las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.

Tipificación: art. 5º en relación con el 3º y 4º del D. 157/1985, de 11 de julio; artículo 36.1º.a, de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad.

Sanción procedente: hasta 3.005,06 euros (hasta tres mil cinco euros y seis céntimos).