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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Lunes, 30 de junio de 2003 Pág. 8.650

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 29 de mayo de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifican las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores OU 004/2003 IN y OU 065/2003 IN, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a los denunciados cuyos datos personales y última dirección conocida se señalará a continuación, las propuestas de resolución de los correspondientes expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales y a su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con las resoluciones respectivas especificadas en el anexo que se acompaña, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que puedan examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso, y presentar por escrito las alegaciones y los documentos, informaciones o propuestas de pruebas que consideren convenientes en la defensa de sus derechos según lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Para resolver el expediente es competencia por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de Medio Ambiente de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense.

Ourense, 29 de mayo de 2003.

Montserrat González Pérez

Instructora

Vº Bº

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente nº/año: OU 004/2003 IN.

Denunciado: Celestino Jiménez Jiménez.

DNI: 14246083-K.

Última dirección conocida: c/ Sanabria nº 42, 24400 Ponferrada.

Hecho denunciado: abandono de vehículo BI-9844-AY.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-1-2002 de la DXM e IF.

Sanción: 300,51 euros.

Expediente nº/año: OU 065/2003 IN.

Denunciado: José Luis Fernández Bastos.

DNI: 36061278.

Última dirección conocido: Beade-Saa nº 76, 36312 Vigo.

Hecho denunciado: abandono de vehículo PO-2845-D.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 11-2-2003 de la DXM e IF.

Sanción: 300,51 euros.