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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 26 de junio de 2003 Pág. 8.479

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

RESOLUCIÓN de 3 de junio de 2003 por la que se concede la acreditación de laboratorio de ensayos para el control de calidad de la construcción al laboratorio Agbar Certificación, S.L. con domicilio en el Polígono Industrial de San Cibrao das Viñas, calle 4, parcela 21, 32901 San Cibrao das Viñas (Ourense).

De acuerdo con lo establecido en el Decreto 441/1990, de 6 de septiembre (DOG del 24 de septiembre) por el que se aprueba el sistema para la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la construcción, la Orden FOM 2060/2002, de 2 de agosto (BOE del 13 de agosto) por la que se aprueban las disposiciones reguladoras de las áreas de acreditación y a propuesta de la Dirección Técnica de Construcciones y con informe favorable del Servicio de Calidad en la Edificación, conforme establecen los artículos 12.h y 18.3.1 del Decreto 70/1997, de 14 de marzo (DOG del 10 de abril), la Dirección General del Instituto Gallego de Vivienda y Suelo

RESUELVE:

Primero.-Conceder la acreditación e inscribir en el Registro de Laboratorio de Ensayos para el Control de Calidad de la Construcción a Agbar Certificación, S.L. con domicilio en Polígono Industrial de San Cibrao das Viñas, c/ 4, parcela-21, 32901 San Cibrao das Viñas (Ourense), por el plazo y condiciones a que se refiere el artículo 4 del anexo del Decreto 441/1990, de 6 de septiembre, en el área de:

1.1. Área de control del hormigón fresco. Ensayos básicos (EHF).

Número de registro 15 002 EHF 03 B.

Segundo.-Cualquier variación en las condiciones que sirvieron de base para la acreditación del laboratorio deberá ser comunicada a esta dirección general en el momento que se produzca.

Tercero.-Este laboratorio y su acreditación se considera dependiente del laboratorio Agbar Certificación, S.L. inscrito con el número 15 001 EHA 03 B.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santiago de Compostela, 3 de junio de 2003.

José Antonio Redondo López

Director general del Instituto Gallego de la Vivienda

y Suelo