En fecha de 27 de diciembre de 1973, en Camariñas, ante el notario Rafael Benzo Mestre, otorgó testamento Manuela Fernández Espín, constituyendo la Fundación Fernández Espín y haciendo beneficiarios de la misma a los vecinos de Camariñas.
El Patronato inicial de la Fundación al que hace referencia el artículo 5 de los estatutos de la misma nunca se constituyó ya que sus componentes no llegaron a aceptar los cargos. En la actualidad dos de ellos han fallecido y el otro se encuentra discapacitado.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, la voluntad de la fundadora Manuela Fernández Espín no ha podido ser realizada ya que la fundación constituida vía testamentaria nunca ha sido operativa.
A fin de llevar a cabo la voluntad de la fundadora y promover el fin de la atención a ancianos y desvalidos, la Asociación de Vecinos de Camariñas solicita la puesta en marcha de la fundación, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 f) de la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y el artículo 9.2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, y al objeto de restablecer la actividad
fundacional, se procede al nombramiento, con carácter provisional, del patronato. Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo 1º
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 f) de la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y el artículo 9.2º del Dereto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, y al objeto de restablecer la actividad fundacional, se procede al nombramiento, con carácter provisional, del Patronato de la Fundación Fernández Espín, de la siguiente forma:
Presidente: el cura párroco de San Xurxo de Camariñas.
Secretaria: Ana María Campos Sánchez.
Vocales: el presidente de la Asociación de Vecinos de Camariñas, el director del Colegio Público de Xaviña, y el responsable del Colegio Público de Infantil y de Primaria O Areal, ambos de Camariñas.
Artículo 2º
El patronato procederá a la adecuación de la carta fundacional a la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego.
Disposición adicional
La presente orden entrará en vigor al día siguente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 12 de junio de 2003.
Jaime Pita Varela
Conselleiro de la Presidencia, Relaciones
Institucionales y Administración Pública