De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución dictada en el expediente de fecha 22-4-2003, por infracción en materia de epizootias, Decreto de 4-2-1955, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
A los efectos previstos en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al del publicación de esta notificación, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pontevedra, 20 de mayo de 2003.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-152/2002-PO.
Denunciado: Bernardino Castro Gómez.
Última dirección conocida: A Serra, nº 16-Salceda de Caselas.
Hecho denunciado: carecer del certificado de desinfección del vehículo.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 52.2º del Decreto de 4-2-1955.
Precepto sancionador: artículo 224 del reglamento de la Ley de epizootias.
Sanción: 300 euros.