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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 13 de junio de 2003 Pág. 7.742

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 9 de mayo de 2003, del Servicio de Informes y Recursos, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente DX-00051-I-2003).

Por medio de esta cédula se les notifican a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes

expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante esta Subdirección General de Inspección de Transportes lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación de esta cédula.

Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 9 de mayo de 2003.

Alberto Eiras Martínez

Jefe del Servicio de Informes y Recursos

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Último dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

DX-00051-I-2003

Varias.

3244826057 A2053

Isidoro Alonso Baamonde

San Mauro, 1 364 Pontevedra

Del análisis de los discos-diagrama del aparato de control tacógrafo, en su día requeridos por este Servicio de Inspección, se constata lo siguiente:-En el vehículo PO-5335-AU en el disco de 21-11-2002 hay anotada una conducción de 1.075 km cuando la realmente efectuada es de sólo 485 km, lo que supone la carencia de 590 km por justificar.-El conductor con DNI: 35298690 efectúa una conducción (vehículo PO-6533-BK) de 10 h 30 min. el 14-11-2002, lo que supone un exceso de 30 min. (inferior al 20%) sobre el máximo permitido.

6-3-2003; 12.00

Artículo 14 del R(CE)3821/1985.

Artículo 6 del R(CE)3820/1985

143 Ley 16/1987,

201 R.D. 1211/1990

330 euros