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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Viernes, 13 de junio de 2003 Pág. 7.694

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de mayo de 2003 por la que se clasifica como benéfico-social la Fundación José Ron Neira.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación José Ron Neira con domicilio en A Coruña.

Supuestos d hecho.

1. La fundación formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación José Ron Neira, fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña el 7 de marzo de 2003, ante el notario Francisco Manuel Ordóñez Armán, con el número seiscientos sesenta y cuatro de su protocolo, por Concepción Rego de Ron, José Ron Rego, Carlos Ron Rego, José Alfonso Ron García, Alejandra Ron García, Manuel Villaverde Rego, Francisco Javier González Outumuro, José Gerardo Fernández Bragado, Carlos Vicente Parrado Garea y Manuel Demetrio Naya Amil; todos ellos intervienen en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 4 de los estatutos, serán objeto de la fundación las actuaciones en todo el ámbito de la actividad física y del deporte, encaminadas a:

a) Promover y fomentar la práctica del deporte y la actividad física.

b) Promover y colaborar en la formación de grupos y equipos, en todas las disciplinas deportivas.

c) Promover y colaborar en la realización de competiciones, stages, cursos de especialización, seminarios, conferencias, exposiciones, congresos y todo tipo de actividades que contribuyan a la difusión e intercambio de conocimientos teóricos y prácticos en el campo de la actividad física y deportiva.

d) Impulsar la colaboración con otras entidades e instituciones del citado ámbito, españolas e internacionales.

e) Difundir los resultados de las actividades desarrolladas.

f) Realizar actividades humanitarias y benéfico-sociales, dentro del ámbito del objeto fundacional expresado.

4. El patronato de la fundación estará integrado por José Ron Rego como presidente; Carlos Ron Rego como secretario; y José Alfonso Ron García, Alejandra Ron García, Manuel Villaverde Rego, Francisco Javier González Outumuro, Manuel Demetrio Naya Amil, José Gerardo Fernández Bragado y Carlos Vicente Parrado Garea como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, propuesta de clasificación como benéfico-social de la Fundación José Ron Neira dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico-social y su adscripción a la Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 26 de mayo de 2003.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico-social la Fundación José Ron Neira y adscribirla a la Consellería de Familia, Juventud y Voluntariado, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública