Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miercoles, 11 de junio de 2003 Pág. 7.546

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 21 de mayo de 2003 por la que se clasifica como benéfico social la Fundación Arousa Cup.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Arousa Cup con domicilio en Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Supuestos de hecho.

1. La fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Arousa Cup fue constituida en escritura pública otorgada en Vilagarcía de Arousa el día catorce de noviembre de dos mil dos, ante el notario Julio Manuel Díaz Losada, con el número mil ciento setenta y seis de su protocolo, por Joaquín Briones Berride, Jesús Meda Cajaraville, Juan Carlos Barreiro González y Melchor Gago Torrado, que intervienen en su propio nombre.

3. El objeto de la fundación es, según establece el artículo 6º de los estatutos, la promoción, exaltación y defensa en Vilagarcía de Arousa y toda la comarca de O Salnés del deporte base, y en especial del fútbol,

centrando sus actividades en cada una de sus diferentes categorías infantiles o de iniciación, u otra que en el futuro pueda sustituirla, organizando actos propios y colaborando en los que se celebren con la finalidad expresada.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Manuel Lagares Pérez como presidente, Melchor Gago Torrado como vicepresidente, Juan Carlos Barreiro González como secretario, y Jesús Meda Cajaraville como vocal.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, propuesta de clasificación como benéfico social de la Fundación Arousa Cup dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico social y su adscripción a la Consellería de Familia, Juventude y Voluntariado.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º.c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 20 de mayo de 2003.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico social la Fundación Arousa Cup adscribiéndola a la Consellería de Familia, Juven

tud y Voluntariado, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública