La Orden de 28 de noviembre de 2000 por la que se establecen las bases y condiciones y se regula el procedimiento de concesión de ayudas a la paralización definitiva de buques pesqueros prevé, que las convocatorias anuales, que podrán ser varias, se regirán por las bases y condiciones establecidas en dicha orden. La Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2003 prevé que el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas no será inferior a cuarenta días hábiles.
A tal objeto, esta consellería
DISPONE:
Artículo 1º.-Convocatoria de ayudas.
Se convocan ayudas a la paralización definitiva de buques pesqueros, que se regirán por las bases y condiciones y de acuerdo con el procedimiento establecido en la Orden de 28 de noviembre de 2000 (DOG del 20 de diciembre); el plazo de presentación de solicitudes de acuerdo con su artículo 43 de la vigente Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma será el de cuarenta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria.
Artículo 2º.-Crédito presupuestario.
Las subvenciones se conceden con cargo al ejercicio del año 2003.
Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.614B.770.1 y por un importe 3.272.894 euros.
Disposición transitoria
Con efectos en la presente convocatoria, se exime del requisito de presentar los documentos de autorización a que se refiere el artículo 14 A) apartado d) de la Orden de 28-11-2000, conjuntamente con la solicitud, debiendo hacerlo con la documentación para el pago.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2003.
Enrique César López Veiga
Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES