De conformidad con lo dispuesto en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28 de noviembre), y Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de los decretos 442/1990, de evaluación del impacto ambiental y 327/1991, de evaluación de efectos ambientales, se incoa el expediente y se somete a información pública la solicitud de Gamesa Energía, S.A. con domicilio en avenida do Cruceiro da Coruña, 201-A de Santiago de Compostela, como entidad beneficiaria, para la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, que llevará implícita la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso sobre los bienes y derechos que se afecten; y aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de:
Línea eléctrica aérea de alta tensión a 66 kV, en doble circuito, sobre apoyos metálicos en celosía y con conductor LA-280, de 15.524 m de longitud, con origen en la subestación eléctrica del parque eólico Serra da Loba, a instalar, seguido de tramo subterrá
neo, bajo tubo y con conductor XLPE de 36/66 kV de 2x(3x1x630 mm) Al, de 2.160 m de longitud y final en la subestación de Sidegasa de Unión Fenosa Distribución, S.A. y discurre por los municipios de Aranga y Curtis.
Lo que se hace público para el conocimiento general y especialmente de los propietarios y demás titulares afectados de los que se inserta relación en el anexo de esta resolución, así como a las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados hubieran sido omitidas, para que puedan examinar el expediente en el que constan las características y afecciones derivadas del proyecto en esta delegación provincial, situada en el edificio administrativo Monelos s/n, 15071 A Coruña, y presentar las alegaciones oportunas en el plazo de 30 días, contados desde el día siguiente a la última publicación de esta resolución.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de resultar los titulares de las fincas propuestas como desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
A Coruña, 21 de mayo de 2003.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña
CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA
Y DESARROLLO RURAL