Advertido error en dicha resolución, publicada en el DOG nº 84, del viernes 2 de mayo de 2003, es necesario hacer la siguiente corrección:
-En la página 5.538, en el anexo al convenio bajo el epígrafe Jornadas (II), donde dice:
«M4: de 6 a 10 (máximo de 20 por turno y año).
M5: de 6 a 11 (máximo de 20 por turno y año).»,
Debe decir:
«M4: de 06.00 a 10.00 (máximo de 20 por turno y año.)»
M5: de 06.00 a 11.00