De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona la propuesta
de resolución del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley sobre caza 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia (DOG nº 33, del 11 de julio).
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, situada en la calle del Paseo, nº 18-5ª planta y aportar por escrito alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de prueba que consideren convenientes en la defensa de sus derechos.
Finalizado el plazo que se señala, esta propuesta, junto con todos los documentos que constan en el expediente se remitirán al director general de Conservación de la Naturaleza, para la resolución del procedimiento.
De conformidad con el artículo 8 del R.P. el pago voluntario por el imputado, en cualquier momento anterior a la resolución, podrá implicar igualmente la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes. El importe de la sanción se hará efectivo en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia empleando el impreso que le será facilitado en las oficinas de esta delegación o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 23 de abril de 2003.
Miriam Areal López
Instructora
Vº Bº
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente: OU-111/2002-C.
Denunciado: Manuel Varela Espido.
DNI: 76514825-N.
Última dirección conocida: c/ Progreso, 174-1º, 32350 A Rúa.
Hecho probado: cazar sin haber contratado el seguro obligatorio del cazador.
Precepto infringido y sancionador: artículo 58.31º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.
Calificación de la infracción: grave.
Sanción: multa de 601,02 A, retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla durante un año y un día.