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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Miercoles, 28 de mayo de 2003 Pág. 6.929

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

CÉDULA de 30 de abril de 2003, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se notifica expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social 2003/0004-0.

Intentada la notificación persoal y devuelta por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, por la presente cédula se le notifica a la empresa relacionada en el anexo la resolución recaída en el expediente sancionador en materia laboral.

Se hace saber que contra la misma cabe formular recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar desde su publicación ante la conselleira de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales de acuerdo

con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Advirtiéndole que de no ser interpuesto, en tiempo y forma, y en el mismo plazo tendrán que abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en las dependencias de esta Dirección General de Relaciones Laborales, ya que, en otro caso, se procederá a la exacción por la vía de apremio en los términos previstos en el artículo 2 de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 y demás disposiciones generales de aplicación.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2003.

Pilar Cancela Rodríguez

Directora general de Relaciones Laborales

ANEXO

Empresa: Confecciones Lismar Téxtil, S.L.

Domicilio/localidad: Chantada-Lugo.

Nº expte.: 2003/0004-0 407/02/2/T(AI).

Fecha resolución dirección general: 31 de marzo de 2003.

Precepto infringido: artículo 51 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado mediante el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Precepto sancionador: artículo 8.3º del texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, aprobado mediante Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Sanción impuesta: 12.000 A.