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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 27 de mayo de 2003 Pág. 6.848

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 02/213).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica que a continuación se detallan:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, A Coruña.

Título: L.M.T.A., C.T.I., R.B.T.A. Barral-Bordaos.

Situación: Tordoia.

Características técnicas: línea eléctrica aérea de media tensión a 20 kV, sobre apoyos de hormigón y con conductor LA-56, de 410 m de longitud, con origen en la línea que alimenta el C.T. Arcai y final en el C.T.I. Barral, que se va a instalar. Centro de transformación, tipo intemperie, de 50 kVA, y tensiones de 20/0,380-0,220 kV, en Barral, del que parte red de baja tensión, sobre apoyos de hormigón y conductor R.Z., de 286 m de longitud que se conecta a red existente en el lugar.

Red de baja tensión sobre apoyos de hormigón y conductor R.Z., de 750 m de longitud, con origen en el C.T. Albán y discurriendo por el lugar. En el término municipal de Tordoia.

El expediente se sometió a los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285), del sector eléctrico, y en el título VII del Real decreto de 1 de diciembre (BOE nº 310), sobre autorización de instalaciones de energía eléctrica.

En la fase de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

Los propietarios de las fincas nº 7, Jesusa Ríos Barreiro; fincas nº 1, 6 y 7, Antonio Liñares Vilariño; fincas nº 10 y 15, Antonia Ríos Barreiro; finca nº 12, Adelina Liñares Regueiro, alegan que existe un tendido eléctrico que suministra energía eléctrica a las aldeas de Barral y a las que están en ese margen por lo que se oponen a que se expropien fincas de su propiedad, pues lo lógico sería reforzar la línea existente. Alegan además que el problema principal es que existe un C.T. que suministra energía a dos aldeas distintas.

Unión Fenosa Distribución, S.A., manifiesta que efectivamente existe una R.B.T. que parte del C.T. Albán y que suministra energía a la zona, pero la sección de los conductores es insuficiente para las actuales necesidades. Que el proyecto solventa el problema de suministro, para el cual se proyecta otro C.T. con una L.M.T. y reforma de la R.B.T. existente. Cita el Decreto 2151/1968, de 28 de noviembre R.T.L.E.A. y su artículo nº 4.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar, aprobar el proyecto de ejecución y declarar de utilidad pública, en concreto, las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el anteproyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Las instalaciones se ejecutarán en un plazo no superior a un año, contado a partir de la fecha de esta resolución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Innovación, Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 21 de abril de 2003.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña