Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 27 de mayo de 2003 Pág. 6.808

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2003, de la Dirección General de la Conservación de la Naturaleza, por la que se modifica el inicio y el final del período de caza del corzo (Capreolus capreolus), señalado en la Orden de 26 de julio de 2002 por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 2002-2003.

El artículo 18.2º a) de la Orden de 26 de julio de 2002, por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 2002-2003, se regulan los regímenes especiales por especies para caza mayor, en particular el corzo (Capreolus capreolus) en lo que se dice: «... Los recechos se autorizan de acuerdo con lo establecido en el artículo 13º de esta orden, desde el 1 de junio de 2003 hasta el 15 de agosto de 2003...».

La Orden de 26 de julio de 2002, en su disposición final primera, faculta al director general de Conservación de la Naturaleza para modificar el inicio o

el final de los períodos de caza señalados, cuando haya razones especiales que lo justificasen.

Vistos los acuerdos tomados en la reunión del Comité Gallego de Caza de 5 de julio de 2002, por lo que se proponían las fechas para la temporada 2002-2003 de rececho del corzo, y a la vista de las recomendaciones técnicas según el ciclo biológico de esta especie en la Comunidad Autónoma de Galicia, con especial incidencia en el período de celo, además de las solicitudes de adelanto de fechas formuladas por la Federación Gallega de Caza y por la Asociación de Propietarios Rurales y Productores de Caza de Galicia (Aproca).

En su virtud, y en uso de las facultades y atribuciones que me confiere la disposición final primera de la Orden de 26 de julio de 2002 y demás normativa de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.-Modificar las fechas de inicio y del final del período de caza del corzo en la modalidad de rececho, que figuran en la Orden de 26 de julio de 2002, por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 2002-2003, que pasan a ser desde el 17 de mayo de 2003 hasta el 3 de agosto de 2003.

Segundo.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2003.

Francisco García-Bobadilla Prósper

Director general de Conservación de la Naturaleza