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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 23 de mayo de 2003 Pág. 6.715

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LUGO

ANUNCIO.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 7-4-2003 determinó que los ámbitos de suspensión automática de licencias de parcelamiento de terrenos, edificación y demolición, como consecuencia del acuerdo plenario de 30 de diciembre de 2002, de aprobación inicial del proyecto de modificación puntual del PGOU vigente, en los sectores de SUNP N-J, N-K y N-M (ronda del Carmen), por el plazo de un año, serán los siguientes:

Ámbito de suspensión:

Está delimitada por las líneas formadas por:

-Margen derecho de la N-VI desde la confluencia con la avenida de los Deportes y siguiendo la entrada de esta por la avenida de las Américas hasta llegar al límite del suelo urbano, línea que continúa hasta

la calle Marqués de Ombreiro, a la altura del edificio número 130 de la misma (incluido), cruza la calle y continúa por el margen izquierdo de esta hasta enlazar con el carril de A Meleira y seguirlo hasta el límite de la zona 03, por donde baja hasta llegar a la calle Pousadela, donde sigue por su margen derecho hasta confluir con el margen izquierdo de las calles Río Masma y Río Azúmara y bordeando el llamado Agro da Cheda, también por el límite del suelo urbano, vuelve a Marqués de Ombreiro, calle a donde llega el terreno situado al lado de la edificación número 59 y continúa por ella hasta el camino colindante con la edificación número 1-3-5 de Marqués de Ombreiro que enlaza con la calle del Carmen. Por dicha calle sigue la línea izquierda hasta el número 53 (excluido), pasando por detrás del mismo y volviendo a la calle del Carmen, tras pasar la calle Pousadela. Sigue la línea de la calle del Carmen hasta rodear por detrás el edificio número 25 y siguientes (excluidos), y llegar

a la calzada de A Ponte, donde por su margen derecho baja hasta frente a la mitad de la edificación número 63 y continúa, de forma perpendicular, pasando por delante de las edificaciones números 110 y 112, después de las cuales baja hasta la N-VI, de donde, por su línea derecha, sigue hasta la rotonda de entrada a la avenida de los Deportes, todo ello señalado en el plano número 6, Información. Modificación. Delimitaciones del proyecto de modificación puntual del PGOU de Lugo, en los sectores N-J, N-K y N-M del suelo urbanizable.

Por la parte derecha de la ronda del Carmen, el ámbito de la suspensión está delimitado por las siguientes líneas:

-Línea formada por el margen izquierdo de la calle Poeta Noriega Varela, desde su confluencia con al ronda del Carmen hasta la edificación número 29 (excluida), parte de atrás de los edificios números 29 al 15, frente de la calle Poeta Noriega Varela hasta la parte de atrás de la esquina con la ronda de la Muralla y números 145 y 146 de la misma (excluidos). Sigue por la de la ronda hasta la edificación números 156-157 (excluido) y baja por el límite del Colegio San José (también límite del suelo urbano) hasta llegar a la calle Santiago, donde incluye la calle de O Vicedo y la edificación número 22 de la calle Santiago.Vuelve a la parte de atrás de los edificios (límite de la zona 05 del suelo urbano), hasta coger nuevamente la línea de la calle Santiago desde el número 42 (excluido) hasta el número 54-56 (incluido), rodea por detrás los números 58-60-62 de la calle Santiago y 10 de la calle del Carmen, y coge nuevamente la línea de la ronda del Carmen a la altura del Camino de O

Regueiro, por donde continúa hasta llegar a la confluencia con Poeta Noriega Varela, todo ello señalado en el plano nº 6 Información. Modificación. Delimitaciones, del proyecto de modificación puntual del PGOU de Lugo, en los sectores N-J, N-K y N-M de suelo urbanizable.

Contra el acuerdo de suspensión de procedimiento de otorgamiento de licencias se podrá interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio), en un plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente acto, el cual pone fin a la vía administrativa (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio), sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso o reclamación que se estimen conveniente.

Lugo, 11 de abril de 2003.

P.D. (Decreto alcaldía nº 60/1999)

José Ramón Gómez Besteiro

Teniente-alcalde delegado del Área de Urbanismo,

Infraestructura y Medio Ambiente