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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Viernes, 23 de mayo de 2003 Pág. 6.706

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 21 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se notifica el acuerdo de iniciación de 11 de febrero de 2003 relativo al expediente sancionador LU-48/2002, por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al interesado que a continuación se relaciona, el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador en materia de turismo, por infracción administrativa de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, expediente número LU-48/2002, incoado al titular del establecimiento de café bar denominado Satélite 22, situado en el lugar de O Cereixal s/n, del ayuntamiento de Becerreá (Lugo), ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no pudo practicarse.

Se nombra instructor del procedimiento a Francisco López Castro y secretario a Alfredo Seijas Sáinz, funcionarios de esta delegación provincial, siendo su régimen de recusación el previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Según lo establecido en el artículo 16.1º del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejer

cicio de la potestad sancionadora, el interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para presentar por escrito cuantas alegaciones, documentos o informaciones considere convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Real decreto 1398/1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anteriormente indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, para estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá poner fin al expediente. Para efectuarlo deberá utilizar el impreso normalizado que le será facilitado en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de la Xunta de Galicia en la Ronda de la Muralla de Lugo.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es el delegado provincial de esta consellería en Lugo, según lo dispuesto en el artículo 99.1º de la Ley 9/1997.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

Expediente: LU-48/2002.

Denunciado: Javier Álvarez López.

Establecimiento: Café Bar Satélite 22.

Dirección: O Cereixal. Localidad: Becerreá.

Hechos denunciados: carecer de documentación turística de obligatoria exposición pública.

Preceptos infringidos: artículo 16 de la Ley 9/1997.

Tipificación de la infracción: artículo 86.2º de la Ley 9/1997.

Calificación: leve.

Sanción: 180 euros.

Lugo, 21 de abril de 2003.

Antonio Calvo Varela

Delegado provincial de Lugo