Por la presente cédula, y debido a que los abajo relacionados no se encuentran en los domicilios que figuran en los registros de este centro, o que se alegaron distintas causas para no recibir las notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se les comunica a las personas incluidas en la relación posterior que:
Según lo recogido en el anexo II del Real decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, así como en el artículo 83 de la Ley general de la seguridad social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, en caso de no aportar en el plazo de 10 días los datos y documentación necesaria para poder facturar al tercero obligado al pago la asistencia sanitaria que le fue prestada en este centro sanitario, los gastos asistenciales serán a su cargo, tal y como se recoge en el artículo 1º del Decreto 159/2002, de 18 de abril (DOG 88, del 8 de mayo), Decreto 70/1001, de 22 de marzo (DOG 68, del 5 de abril), por el que se establecen las tarifas de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Gallego de Salud, por lo que se emitirá factura de gastos sanitarios a su nombre.
Para que conste, sirva de notificación al interesado, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, expido, firmo y sello esta cédula.
Burela, 19 de abril de 2003.
Pablo Mosquera Mata
Director gerente del Hospital da Costa de Burela
ANEXO
Nombre del enfermo DNI/NIF
Soutullo Chaves Ramón76979907
Ciurariu IonX-03512965-Z
Hernández León MarielaX-3797457-L
Rodríguez Ormaechea José Benito72438525-W
García-Valcárcel Saiz Mercedes22534
González Salmerón NoeliaSin DNI