En la base común 12 de la Orden de 12 de marzo de 2002 (DOG del 18 de marzo) se regula y establece la necesidad de realizar prácticas docentes previas al nombramiento de los interesados como funcionarios de carrera, al objeto de valorar las aptitudes didácticas de los aspirantes que aprobaron la fase de oposición.
En su virtud, esta dirección general
RESUELVE:
Primero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de enseñanza secundaria serán nombradas tres comisiones calificadoras, una para las asignaturas de geografía e historia, francés, música y psicología y pedagogía; otra para las asignaturas de matemáticas y tecnología y otra para las asignaturas de formación profesional específica. formadas por especialistas en las respectivas áreas y que tendrán la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Un máximo de cuatro vocales, designados entre los profesores de enseñanza secundaria.
Segundo.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores técnicos de formación profesional será nombrada una comisión calificadora específica, formada por especialistas en las respectivas asignaturas y que tendrá la siguiente composición:
-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal a propuesta de la Inspección Central.
-Un máximo de cuatro vocales, designados entre los profesores técnicos de formación profesional.
Tercero.-La Inspección al servicio de la Administración educativa podrá visitar al profesorado en prácticas y emitirá un informe sobre el desarrollo de su función, que será tenido en cuenta por la comisión evaluadora.
Santiago de Compostela, 22 de abril de 2003.
Severino Somoza Gómez
Director general de Personal