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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Jueves, 08 de mayo de 2003 Pág. 5.784

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2003, de la Director General de Transportes, por la que se le da publicidad al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 11 de abril de 2003 por el que se aprobó definitivamente el proyecto sectorial para la implantación del Centro de Transportes y Terminal Intermodal de San Cibrao das Viñas (Ourense).

En relación con el proyecto citado, se acuerda hacer público, en los términos del artículo 13.6º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, el acuerdo del 11 de abril de 2003, adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia, que literalmente dice:

1. Aprobar definitivamente el proyecto sectorial para la implantación del Centro de Transportes y Terminal Intermodal de San Cibrao das Viñas, con las modificaciones y correciones incluidas en el proyecto y derivadas de su tramitación y del informe sobre las mismas alegaciones formuladas, a los efectos establecidos por la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y por el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal.

2. Declarar la utilidad pública e interés social de las obras, instalaciones y servicios previstos, así como la necesidad de ocupación para efectos de expropiaciones de los bienes y derechos necesarios para la ejecución del referido proyecto sectorial.

3. Las obras públicas especificadas en dicho proyecto sectorial quedan calificadas como de marcado carácter territorial y no estarán sujetas a licencia urbanística municipal, en los términos de la disposición adicional primera de la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia, y en el artículo 11.3º del Decreto 80/2000, de 23 de marzo.

4. El proyecto sectorial entrará en vigor al día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.

Contra el acuerdo transcrito, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publi

cación, y esto sin perjuicio de la interposición de cualquier otro que, en su caso, se estime procedente.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2003.

Valeriano Martínez García

Director general de Transportes