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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Martes, 06 de mayo de 2003 Pág. 5.661

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2003 por la que se convoca un curso de procedimiento de otorgamiento de licencias y concesiones para personal de Administración local.

Dentro del plan de actividades de la EGAP para el 2003, y a través del Centro de Estudios Locales de Galicia, conforme con las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convoca un curso de procedimiento de otorgación de licencias y concesiones para personal de Administración local, que deberá desarrollarse conforme a las siguientes bases:

Primera.-Objetivos.

Profundizar en los conocimientos de otorgamientos de licencias y concesiones.

Segunda.-Destinatarios.

Funcionarios de corporaciones locales pertenecientes a los grupos A, B y C o asimilados.

Tercera.-Desarrollo.

3.1. Duración: 21 horas

3.2. Lugar: Pontevedra

3.3. Fechas: 16, 17, 18, 19, 23, 24 y 25 de junio de 2003.

3.4. Horario: de 17 a 20 horas.

3.5. Plazas: 25.

Cuarta.-Solicitudes.

El personal que desee participar en el curso programado deberá solicitarlo con la presentación de instancia que según modelo oficial figura como anexo de esta resolución, y cubrirla en todo sus epígrafes.

Las solicitudes irán dirigidas al director de la EGAP, y se presentarán en el registro de la Escuela Gallega de Administración Pública, calle Madrid, 2-4, 15707 Santiago de Compostela, o se tramitarán por cualquiera de las otras formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Se admitirán también inscripciones por telefax: 981 54 63 30, sin perjuicio de la necesidad de remisión de la solicitud original por correo ordinario.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de mayo de 2003.

Seguidamente, se efectuará la selección de los participantes y ésta se les notificará directamente a los admitidos y se publicará en la página web: www.egap.xunta.es

Quinta.-Selección.

Los criterios de selección se sujetarán a las directrices señaladas en la Resolución de 27 de junio de 1991, por la que se hacen públicos los criterios de participación en las actividades de la EGAP (DOG nº 149, del 3 de agosto).

Sexta.-Modificaciones.

La EGAP reserva para sí la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo del curso, así como la de anularlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

Séptima.-Certificado de asistencia.

Se les otorgará certificado de asistencia a los alumnos que participen con regularidad en el curso, y es obligatoria la asistencia a todas las sesiones. Toda inasistencia deberá ser justificada convenientemente, sin que pueda exceder en ningún caso del 15% de las horas lectivas programadas.

Una inasistencia superior al 15% de las horas lectivas programadas, aunque sea justificada, impedirá la expedición del correspondiente certificado.

Octava.-Valoración.

A los efectos de lo establecido en la resolución del INAP de 26 de octubre de 1994, BOE nº 267, do 8 de abril, y corrección, BOE nº 311, del 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 136/1997, de 5 de junio, (DOG nº 114, del 16 de junio), sobre la determinación de los méritos que le corresponde fijar a la comunidad autónoma en los concursos para la provisión de plazas reservadas a funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,20 puntos.

Novena.-Contenido.

Las diferentes formas de la actividad administrativa. La actividad de supervisión o policía administrativa. Los principios reguladores de la actividad de supervisión. Las técnicas de la actividad de supervisión: la reglamentación. Órdenes, mandatos y prohibiciones; otras formas de control preventivo. Estudio especial de la autorización o licencia. Concepto. Licencias y concesiones, diferenciación. Clases. Características. Transmisiones. Extinción. Las licencias de apertura inocuas. Objeto y procedimiento de otorgamiento. Las licencias para actividades clasificadas. Objeto y procedimiento de otorgamiento. Características especiales. Las licencias para la apertura de locales o el ejercicio de actividades sometidas al Reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, aprobado por Real decreto 2816/1982. Objeto y procedimiento de otorgamiento. Características especiales. Las autorizaciones puntuales. Otras autorizaciones: medioambientales; policía

sanitaria mortuoria; intervención en el comercio; la venta ambulante; en materia de transportes. Estudio especial de las licencias urbanísticas. Las autoriza

ciones sectoriales previas. Las relaciones entre las licencias de obras y aperturas. El otorgamiento simultáneo. El uso del dominio público. Actos sometidos a licencias o autorizaciones y actos sometidos a concesiones: estacionamientos y ocupaciones: precariedad de primero y segundo grado. En especial, las concesiones demaniales locales. Concepto, características, procedimiento de otorgamiento, extinción. El derecho funerario. Las formas de gestión de los servicios públicos. El contrato de concesión del servicio. Concepto, características. Diferencias entre concesión pura, contrato de servicios y concesión de obra pública. Los actos preparatorios de la concesión de servicios: el anteproyecto de explotación y el reglamento de prestación del servicio. Las relaciones del gestor con los usuarios. Procedimiento de adjudicación y formalización, criterios de admisión y adjudicación. La sucesión de empresa en el campo de la gestión indirecta del servicio. La concesión de obra pública. La

ejecución del contrato de gestión de servicios. Relaciones Administración y concesionario. Los poderes y facultades de la Administración concedente. El principio de riesgo y ventura y el mantenimiento del equilibrio financiero. La modificación del contrato. La subcontratación. La extinción del contrato. La reversión de las obras e instalaciones.

Santiago de Compostela, 28 de abril de 2003

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega

de Administración Pública