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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Martes, 06 de mayo de 2003 Pág. 5.658

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo-Marítimo Oza de A Coruña (concesionaria Serunión, S.A.).

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo-Marítimo Oza de A Coruña (concesionaria Serunión, S.A.), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 3-3-2003, suscrito en representación de la parte económica por la empresa y, de la parte social, por el delegado de personal el día 20-2-2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscrición en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta

delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 12 de marzo de 2003.

Elisa Madarro González

Delegada provincial de A Coruña

Convenio colectivo del personal de la cafetería de personal del Complejo Hospitalario Juan Canalejo-Marítimo Oza de A Coruña

Asistentes.

Parte empresarial:

Elena Arribas Cid.

Juan Vicente Selva.

Parte social:

José Manuel Álvarez Rodríguez.

Soledad Méndez Rodríguez (asesora de CC.OO.).

En A Coruña, 20 de febrero de 2003.

Se reúnen las partes arriba mencionadas para acordar los siguientes puntos:

Primero.-Se decide aprobar el incremento salarial para el 2003 en el IPC establecido por el INE para el año 2002 de un 4%; ateniéndonos al artículo 5 del convenio colectivo del personal de la cafetería del Complejo Hospitalario Juan Canalejo-Marítimo Oza de A Coruña, ya que ninguna de las partes denunció el convenio en fecha y forma fijada por éste.

CategoríaSalario basePlus

transporte

Plus cantidad

trab. mensual

Plus vestuario

mensual

Gerente867,73 A44,87 A74,57 A7,06 A

Oficial adm.742,64 A44,87 A74,57 A7,06 A

Encargado/a742,64 A44,87 A74,57 A7,06 A

Cocinero/a742,64 A44,87 A74,57 A7,06 A

Camarero/a742,64 A44,87 A74,57 A7,06 A

Ayudante715,92 A44,87 A74,57 A7,06 A

Fregador/a715,92 A44,87 A74,57 A7,06 A

Segundo.-Se llega al acuerdo de que los festivos trabajados y no compensados con otros festivos o domingos se compensarán con un día de descanso que se concederá seguido a los dos días de descanso semanales más una compensación dineraria de 12 euros.

Tercero.-Los trabajadores podrán optar libremente, bien, por el abono del coste que tiene la empresa de un par de zapatos o bien que la empresa le haga entrega del par de zapatos.

Cuarto.-Se faculta a Soledad Méndez Rodríguez para que lleve a cabo las diligencias pertinentes ante el órgano competente para la publicación y registro de esta acta.