Por esta resolución y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y por ser devuelta por el servicio de correos, se notifica al interesado cuyos datos personales y último domicilio conocido figuran en el anexo, la parte dispositiva de la resolución de la Dirección General de Infraestructuras Agrarias, de 23 de enero de 2003, por la que se desestima la reclamación presentada por él mismo, Emilio Quintas Barrio, referente a la zona de concentración parcelaria de Bustelo-Casasoá (Xunqueira de Ambía, Ourense).
Santiago de Compostela, 2 de abril de 2003.
Alejandro Martínez-Geijo Nogueira-Soares
Director general de Infraestructuras Agrarias
ANEXO
Destinatario: Emilio Quintas Barrio.
Domicilio: Fondo de Vila, 32679, Xunqueira de Ambía (Ourense).
Texto: desestimar la reclamación formulada por Emilio Quintas Barrio sobre sus fincas números 444 y 428, dado que figuran con 58-11 áreas y 51-65 áreas, respectivamente, por lo que la tolerancia de error es de 1-16 áreas y 1-03 áreas respectivamente, comprobándose que el defecto de superficie es de 0-60 y 0-61 áreas respectivamente, por lo que no supera el 2% legalmente establecido para ser objeto de compensación (artículo 46 de la Ley de concentración parcelaria para Galicia).
Contra esta resolución puede interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la da recepción de la presente notificación.
CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL
Y TURISMO