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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Viernes, 02 de mayo de 2003 Pág. 5.568

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 1 de abril de 2003, de la Delegación Provincial de Ourense, por lo que se notifican las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores OU 529/2002 IN y dos más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifican a los denunciados con los datos personales y última dirección conocida que se señalará de seguido, las propuestas de resolución de los correspondientes expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, de incendios forestales y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, en relación con la Resolución de 24 de enero de 2002, de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural sobre medidas para la prevención de incendios forestais durante el año 2002 al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar el expediente en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18, 5º piso y presentar por escrito las alegaciones, y los documentos, informaciones o propuestas de pruebas que consideren convenientes en la defensa de sus derechos según lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Para resolver el expediente es competencia por razón de la cuantía de la multa el delegado provincial de Medio Ambiente de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia, presentándolo en cualquier entidad bancaria.

Ourense, 1 de abril de 2003.

Montserrat González Pérez

Instructora

Vº Bº

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente nº/año: OU 529/02 IN.

Denunciado: Pedro Varela Seijo.

DNI: 34576235.

Última dirección conocida: c/ Remedios nº 28, 1º. 32002 Ourense.

Hecho denunciado: abandono del vehículo M-5582-BU.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF.

Sanción: 300,51 A.

Expediente nº/año: OU 536/02 IN.

Denunciado: Fernando Luis Ferreira dos Santos.

DNI: OR 007143.

Última dirección conocida: Toén. 32930 Toén.

Hecho denunciado: abandono del vehículo OR-28113.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF.

Sanción: 300,51 A.

Expediente nº/año: OU 545/02 IN.

Denunciado: Hermanos Varela.

CIF: A32014318.

Última dirección conocida: c/ Remedios, nº 28. 32002 Ourense.

Hecho denunciado: abandono del vehículo OR-3176-K.

Precepto infringido y sancionador: artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972, en relación con la Resolución de 24-2-2002 de la DGM e IF.

Sanción: 300,51 A.

CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA,

ECONÓMICO-FINANCIERA

Y CONTABLE