Intentadas las notificaciones directas a las empresas operadoras y a los titulares de los establecimientos, en relación con los expedientes sancionadores en materia de juego, que se relacionan en la hoja anexa, y al no poder efectuarse, esta dirección general, resuelve al amparo de lo previsto en el articulo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, proceder a la notificación de dicha resolución mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Contra las presentes resoluciones, que agotan la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que las dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo correspondiente, en un plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Se comunica a los interesados que tienen un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, para efectuar el pago de la sanción en período voluntario señalado en el boletín de multas y sanciones a su disposición en las dependencias de las delegaciones provinciales de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Local, a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, en la cuenta restringida que consta en dicho boletín, haciendo constar el número del expediente sancio
nador. De no efectuar el pago dentro del plazo establecido, se procederá a su ejecución por vía de apremio, de conformidad con lo establecido en la disposición segunda de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (Diario Oficial de Galicia nº 235, del 5 de diciembre).
Queda sin efecto la Resolución de 10 de marzo de 2003, de la Dirección General de Interior y Protección Civil, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores en materia de juego C-59/2001 y nueve más.
Santiago de Compostela, 2 de abril de 2003.
José Benito Suárez Costa
Director general de Interior y Protección Civil
Exp. Empresa operadora/titular Dirección CIF/NIF resolución Tipificación Importe Establecimiento C/C a ingresar infringido
Fecha
Precepto
(A Coruña)
c/ Sixto Marrozo, 7, Santiago de Compostela (A Coruña) Caixa Nova o Caixa Galicia de la Ley 14/1985
(A Coruña)
c/ Fomento, 25, Raxeira, Carballo
(A Coruña) Caixa Nova o Caixa Galicia de la Ley 14/1985
(Pontevedra)
Coruxo-Rotelas-Vigo (Pontevedra) Caixa Nova o Caixa Galicia de la Ley 14/1985
C-59/2001 Juan José Míguez Cela C/ Sixto Marrozo, 7, Santiago de Compostela
33292126-V 26-2-2002 Grave 601,02 A A tasca de Benito
390049
Artículo 29 i)
C-79/2001 Charada Carballo, S.L. C/ Fomento, 25, Raxeira, Carballo
B-15697980 21-3-2002 Grave 601,02 A Charada
390049
Artículo 29 i)
P-17/2001 Neras Hotel, S.L. C/ Camposancos, 372, Coruxo-Vigo
B-36305308 12-11-2001 Grave 601,02 A Pub Barbarela 2
390049
Artículo 29 i)